Editorial
MAD
CONVOCATORIAS
País
Vasco
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CONVOCATORIA
2007
1051 plazas
BOPV N.º 59 DE 23/03/2007 |
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Consideraciones
Generales
ORDEN
de 16 de marzo de 2007, del Consejero de Educación,
Universidades e Investigación, por la que se convocan
procedimientos selectivos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros
de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Requisitos
Requisitos generales
a) Ser
español o nacional de alguno de los demás
Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún
Estado al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE
del Parlamento Europeo sobre libre circulación de trabajadores
y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento
jurídico español. b) Tener
cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado
la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica incompatible con el desempeño
de las funciones correspondientes al Cuerpo y especialidad
a que se opta.
d) No haber sido separado, por expediente disciplinario, del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni estar inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
Los
aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
e) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar
pendiente de nombramiento, del Cuerpo al que se opta, salvo que
se aspire a la adquisición de nuevas especialidades.
f) Acreditar el perfil lingüístico 2, conforme a
lo previsto en el artículo 7 del Decreto 47/1993, de 9
de marzo, por el que se establecen criterios para la determinación
de los perfiles lingüísticos y las fechas de preceptividad
en los puestos de trabajo docentes, en relación con lo
dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de
la Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes de la enseñanza
no universitaria de la CAPV.
No
obstante, de conformidad con lo establecido en la disposición
adicional primera del referido Decreto 47/1993, los profesores
interinos y contratados temporales en Centros Públicos
del Departamento de Educación, Universidades e Investigación
de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a la entrada
en vigor de dicho Decreto (3 de abril de 1993), que accedan a
la condición de funcionarios, dispondrán de un
plazo de tres años desde que tomen posesión para
su acreditación, si vinieran impartiendo docencia con
nombramiento de euskera o en euskera y se incorporasen a plazas
que tuvieran asignado un perfil lingüístico
2 de preceptividad inmediata.
Requisitos
específicos para participar por el procedimiento
de ingreso libre
Estar en posesión, o haber abonado los derechos de expedición
del título Maestro o título de grado correspondiente.
De acuerdo con lo que establece la disposición adicional
undécima de la Ley Orgánica de Educación,
el título de Profesor de Educación General Básica
y el título de Maestro de Enseñanza
Primaria son equivalentes al de Maestro a efectos
de docencia.
Requisitos
específicos para participar en la reserva
para aspirantes con alguna discapacidad
Podrán participar por este procedimiento, para el que
de acuerdo con la disposición adicional séptima
de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública
Vasca, se reserva el 3% del total de las plazas convocadas, aquellos
aspirantes que, además de reunir las condiciones generales
y específicas exigidas para el ingreso al Cuerpo al que
optan, tengan reconocida por los órganos competentes de
los Departamentos de Bienestar Social de las Diputaciones Forales,
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y, en su caso, de
la Comunidad Autónoma correspondiente, una disminución
física de, al menos, un 33 por 100,
siempre que ello no sea incompatible con
el ejercicio de la docencia.
La
opción por esta reserva habrá de formularse
en la solicitud de participación, con declaración
expresa de reunir la condición exigida al respecto, que
se acreditará si obtuviere plaza, mediante certificación
de los órganos competentes.
Plazos
• Lugar
de presentación: quienes deseen
tomar parte en el presente proceso selectivo deberán cumplimentar
el modelo de solicitud que figura en la dirección de Internet
http://www.irakasle.net, pudiendo recurrir para ello a una de
estas dos modalidades:
a) Cumplimentar directamente el
modelo de solicitud en la señalada
dirección de Internet.
b) Cumplimentar dicho modelo en
los siguientes lugares de cada Territorio Histórico:
–
Bizkaia: Nicolás Alkorta, 2 – Bilbao
– Álava: Delegación Territorial sita en San Prudencio,
18 –
Vitoria-Gasteiz
–
Gipuzkoa: Plaza Lasala, 2-1.º piso – Donostia-San
Sebastián
•
Derechos de examen: 16,30 €.
•
El plazo de presentación de solicitudes está abierto
hasta el 12/04/07.
Pruebas
• FASE PREVIA:
–
Prueba de acreditación del conocimiento del castellano para
los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
El
contenido de la prueba de acreditación del conocimiento
del castellano será determinado por los Tribunales en
la convocatoria a los aspirantes, tomando como referencia lo
dispuesto
en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre (BOE del 8 de
noviembre).
–
Prueba de acreditación de perfiles lingüísticos •
FASE DE OPOSICIÓN
1. La primera prueba
La fase de oposición constará de una única
prueba estructurada en dos partes, que no tendrán carácter
eliminatorio.
El
Tribunal sólo hará pública la nota final
y global de la prueba.
La prueba y sus dos partes se ajustarán a lo que se indica
a continuación:
Parte A: tendrá por objeto la demostración de conocimientos
específicos necesarios para impartir la docencia.
Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido
por el aspirante de entre un número de temas, extraídos
al azar por el tribunal, proporcional al número
total de temas del temario de cada especialidad atendiendo
a los siguientes
criterios:
a) En aquellas especialidades que tengan un número no superior
a 25 temas, deberá elegirse entre tres temas.
b) En aquellas especialidades que tengan un número superior
a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse
entre cuatro temas.
c) En aquellas especialidades que tengan un número superior
a 50 temas, deberá elegirse entre cinco
temas.
Esta
parte se realizará en una sesión conjunta con
la presencia de la totalidad de los aspirantes
asignados a cada Tribunal.
Los
aspirantes dispondrán de dos horas para su realización.
Esta
primera parte se calificará de cero a diez puntos,
teniendo un peso del 40% de la calificación final de la
fase de oposición.
Parte B: tendrá por objeto la comprobación de la
aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas
necesarias para el ejercicio docente, y consistirá en la
presentación de una programación didáctica
y en la preparación y exposición oral de una unidad
didáctica.
En
aquellas especialidades que incluyan habilidades instrumentales
o técnicas esta segunda parte incluirá un ejercicio
de carácter práctico.
B.1) Presentación de una programación didáctica.
Para todas las especialidades, excepto
Pedagogía Terapéutica
y Audición y Lenguaje, la programación didáctica
hará referencia al currículo de un área, materia
o módulo relacionados con la especialidad por la que se
participa, en la que deberá especificarse los objetivos,
contenidos, criterios de evaluación y metodología,
así como la atención al alumnado con necesidades
específicas de apoyo educativo.
B.2) Preparación, exposición, y en su caso defensa,
de una unidad didáctica. La preparación y exposición
oral, ante el Tribunal, de una unidad didáctica relacionada
con la programación presentada
por el aspirante.
El
aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica
de entre tres extraídas al azar por él mismo, de
su propia programación. En la elaboración de la citada
unidad didáctica deberán concretarse los objetivos
de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades
de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula
y sus procedimientos de evaluación.
Para
la exposición de la unidad didáctica, que será pública,
el aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere
oportuno y que deberá aportar él mismo, así como
un guión que no excederá de un folio, y que se entregará al
Tribunal al término de aquélla.
El
aspirante dispondrá de un periodo máximo de una
hora y treinta minutos para la defensa oral de la programación,
la exposición de la unidad didáctica y posterior
debate ante el Tribunal, no pudiendo exceder este último
de quince minutos.
El
aspirante iniciará su exposición con la defensa
oral de la programación didáctica presentada, que
no podrá exceder de treinta minutos y a continuación
la exposición de la unidad didáctica.
Finalizada
la exposición el tribunal podrá plantear
preguntas o actuaciones al candidato en relación con el
contenido de su intervención.
El
aspirante que cumpliera las condiciones de la base
7.4.4.
(ver BOPV n,º 59, de 23/3/07), podrá solicitar la sustitución
del ejercicio B.2. (preparación y exposición oral
de una unidad didáctica) por un informe que a tal efecto
elaboren las Comisiones designadas al efecto por el Departamento
de Educación, Universidades e Investigación.
La
opción por este informe, no excluye al aspirante de tener
que realizar la parte B.1. de la prueba, es decir, entregar la
programación didáctica al tribunal en el acto que éste
convocará al
efecto y la defensa
ante el tribunal en
el momento en que el
aspirante sea convocado
para su defensa.
B.3) Ejercicio de carácter práctico: en el caso de
la especialidad de Música se realizará un ejercicio
de carácter práctico que consistirá en una
interpretación vocal de una canción facilitada por
el tribunal. El aspirante tendrá 20 minutos para preparar
la pieza que será interpretada sin acompañamiento
de instrumento. Se podrá disponer de un diapasón
de tenedor aportado por el aspirante.
•
FASE DE CONCURSO. Consultar BOPV n.º 59, de 23/03/07.
Programas
ESPECIALIDAD:
EDUCACIÓN PRIMARIA:
Anexo
de la Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo, por la que se aprueba
el temario que ha de regir en el procedimiento
de ingreso,
accesos y adquisición de nuevas especialidades, para la
especialidad de Primaria en el Cuerpo de Maestros, regulada por
el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (BOE de 15 de marzo
de 2007).
A
este temario, hay que añadirle los siguientes 6 temas:
Tema
26. El área de la Lengua y Literatura Vasca en la Educación
Primaria: enfoque y características. Objetivos, contenidos
y criterios de evaluación.
Tema
27. Desarrollo de las destrezas básicas en euskera:
comprensión oral, comprensión lectora, expresión
oral y expresión escrita. Métodos y estrategias de
aprendizaje. Técnicas y estrategias de comprensión
y composición de los diferentes tipos de textos orales
y escritos.
Tema
28. La literatura vasca en el contexto escolar. Manifestaciones
literarias más importantes aplicadas a la Educación
Primaria: literatura infantil, popular y contemporánea.
La biblioteca escolar como recurso didáctico en la educación
literaria.
Tema
29. El Conocimiento del Medio Natural y Social. La dimensión
sociocultural de Vasconia: la comunidad de lengua vasca y los rasgos
culturales básicos.
Tema
30. Etapas y hechos históricos de Vasconia. Documentos
orales, escritos y restos materiales referentes a esos
hechos.
Tema
31. La cultura y el arte como expresión cultural de
Vasconia. El folclore y sus aplicaciones didácticas. Selección
de fragmentos musicales y otras obras de arte y de la cultura vasca. ESPECIALIDADES:
EDUCACIÓN INFANTIL / MÚSICA / INGLÉS
/ EE PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA / EDUCACIÓN FÍSICA
/ EE AUDICIÓN Y LENGUAJE:
Anexo
I de la Orden de 9 de septiembre de 1993, por la que se aprueban
los temarios que han de regir en los procedimientos
de
ingreso, adquisición de nuevas especialidades, y movilidad
para determinadas especialidades de los Cuerpos de Maestros, Profesores
de Enseñanza Secundaria y Profesores de Escuelas Oficiales
de Idiomas, regulados por el Real Decreto 850/93, de 4 de junio
(BOE de 21 de septiembre de 1993).
Material
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