CONSIDERACIONES
GENERALES
RESOLUCION
492/2007, de 22 de marzo, del Director del Servicio de Recursos
Humanos del Departamento de Educación, por la que se aprueba
la convocatoria de ingreso en el Cuerpo de Maestros, al servicio
de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Publicado
oficialmente en BON nº 46 de 13/04/2007
REQUISITOS
a) Ser
español o nacional de alguno de los demás
Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE
del Parlamento europeo sobre libre circulación de trabajadores
y, en su caso, la normativa que se dicte para su incorporación
al ordenamiento jurídico español.
También podrán
participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los familiares
de ciudadanos de otro estado miembro
de la Unión Europea o de otro estado parte en el acuerdo
sobre el espacio económico europeo, cuando le acompañen
o se reúnan con él, en los términos previstos
en la normativa por la que se incorpora al ordenamiento jurídico
español la precitada directiva.
b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado
la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño
de las funciones correspondientes al Cuerpo de Maestros y
especialidad a la que se opta.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Los
aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
e) Estar en posesión del título de Maestro, o del
título de grado correspondiente. De acuerdo con la disposición
adicional undécima de la Ley Orgánica de Educación,
el título de Profesor de Educación General Básica
y el título de Maestro de Enseñanza Primaria
son equivalentes al de Maestro a efectos de docencia.
f) No ser funcionario de carrera, en prácticas
o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario
de carrera del
Cuerpo de Maestros.
Requisitos
específicos para participar en la reserva de
minusvalía.
Podrán participar por este sistema de acceso aquellos aspirantes
que, además de reunir las condiciones generales y específicas
exigidas para el ingreso al Cuerpo de Maestros, tengan reconocida
una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, siempre
que tengan la capacidad funcional no sólo referida al ejercicio
de la docencia a nivel general, sino en relación
con la especialidad a la que se opta.
Requisitos
específicos para participar a plazas a impartir
en vascuence y a plazas de la especialidad de
Vascuence (Navarra).
Además de reunir los requisitos generales, los aspirantes
deberán poseer alguno de los siguientes títulos:
Licenciado en Filología Vasca; título de Maestro
especialidad Filología Vasca; título EGA (Euskara
Gaitasun Agiria); Título de aptitud expedido por Euskaltzaindia;
Certificado de Aptitud de euskera expedido por Escuela Oficial
de Idiomas; o títulos declarados equivalentes.
PLAZOS
• Lugar: Podrán presentarse en el Negociado de Registro del
Departamento de Educación, en el Registro General del Gobierno
de Navarra o en cualquiera de las oficinas a que se refiere el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
• Derechos
de examen: 18 euros.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen las personas
con discapacidad igual o superior al 33% debidamente acreditada.
•
El plazo de presentación de solicitudes está abierto
hasta el 03/05/07.
PRUEBAS
• FASE
DE CONCURSO. Consultar BON n.º 46,
de 13/4/07.
•
FASE DE OPOSICIÓN
Prueba de la fase de oposición.
La fase de oposición constará de una única
prueba estructurada en dos partes, que no tendrán carácter
eliminatorio. La prueba de la fase de oposición se divide
en las partes siguientes:
Parte
A
Tendrá por objeto la demostración de los conocimientos
específicos necesarios para impartir la docencia. Esta parte
consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido
por el aspirante de entre tres del temario de la especialidad,
extraídos al azar por el Tribunal.
Los
aspirantes dispondrán de un máximo de tres horas
para la realización de la parte A de la prueba.
Esta
parte A se valorará con una calificación de
cero a diez puntos, y supondrá el 40% de la calificación
final, de la fase de oposición.
Parte
B
Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica
del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para
el ejercicio docente y consistirá en la presentación
de una programación didáctica y en la preparación
y exposición oral de una unidad didáctica.
B.1 La Programación didáctica hará referencia
al currículo de un área, relacionada con la especialidad
por la que se participa, en la que deberán especificarse
los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología,
así como la atención al alumnado con necesidades
educativas específicas de apoyo educativo. Esta programación
se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles
o etapas educativas en las que los Maestros de dicha especialidad
tengan atribuida competencia docente para impartirla. En su elaboración
el aspirante deberá enumerar las unidades didácticas
que la compongan. (Ver BON n.º 46, de 13/4/07).
B.2 Preparación, exposición y en su caso, defensa
de una unidad didáctica. La preparación y exposición
oral, ante el tribunal, de una unidad didáctica estará relacionada
con la programación presentada por el aspirante. El aspirante
elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre
tres extraídas al azar por él mismo, de su propia
programación. En la elaboración de la citada unidad
didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje
que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza
y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos
de evaluación. En las especialidades de Pedagogía
Terapéutica y Audición y Lenguaje podrá entenderse
por unidad didáctica un programa de intervención
del currículo de Educación Infantil y Primaria. El
aspirante dispondrá de una hora para la preparación
de la unidad didáctica.
Podrán solicitar la sustitución del ejercicio B.2)
por un informe que valore los conocimientos del aspirante acerca
de la unidad didáctica, los aspirantes que
cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar
en situación de servicio activo a la fecha de publicación
de la convocatoria.
b) Estar ocupando ininterrumpidamente un mismo puesto de trabajo
correspondiente al Cuerpo de
Maestros
con cargo
a un contrato
administrativo temporal de personal docente
para el Departamento de Educación
del Gobierno de Navarra o con nombramiento como
interino en otra Administración educativa,
para todo el curso escolar 2006/2007. Asimismo,
se entenderá que cumplen este requisito
quienes hayan prestado servicios durante el curso
escolar 2006/2007, un
mínimo de seis meses a la fecha de finalización
del plazo de presentación de instancias
para participar en el procedimiento selectivo.
B.3 En la especialidad de Música se incluirá un ejercicio
práctico que constará de dos
apartados:
Apartado
A. A partir de una canción popular o fragmento
presentado en forma de partitura por el Tribunal, elaborar un arreglo
destinado a la interpretación y explotación didáctica
en el aula. El arreglo se presentará en forma de partitura
acompañada de un guión didáctico.
Apartado
B. Lectura rítmico-melódica a primera vista
de una pieza breve o fragmento a partir de una partitura facilitada
por el Tribunal. Esta prueba tendrá una duración
aproximada de diez minutos.
PROGRAMAS
Los
temarios se pueden consultar a través de la página
web de la Dirección General de Enseñanzas Escolares
y Profesionales del Gobierno de Navarra: www.pnte.cfnavarra.es
y en la página web del Gobierno de Navarra:
www.cfnavarra.es
MATERIAL
PARA SU PREPARACIÓN
|