CONSIDERACIONES
GENERALES
Se
convoca concurso-oposición para cubrir 600 plazas correspondientes
al Cuerpo de Maestros y Maestras, con destino en el Departamento
de Educación del Gobierno de Navarra.
El
plazo de presentación de instancias finaliza el día
10-02-2009
REQUISITOS
Requisitos
generales:
Los
aspirantes que participen en la presente convocatoria, para ser
admitidos a la misma, deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Requisitos Generales
a) Ser español o nacional de alguno de los
demás Estados miembros de la Unión Europea, o nacional
de algún Estado al que sea de aplicación la Directiva
2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación
de trabajadores y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre
entrada, libre circulación y residencia en España
de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea
y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo.
También podrán participar el cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, así como sus descendientes
y los de su cónyuge, siempre que no estén separados
de derecho y, con respecto a los descendientes, sean menores de
veintiún años, mayores de dicha edad si viven a sus
expensas o incapaces. Asimismo, podrán participar sus ascendientes
directos y los de su cónyuge, siempre que no estén
separados de derecho, que vivan a su cargo.
b)
Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la
edad establecida, con carácter general, para la jubilación.
c)
No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física
o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones
correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
d)
No haber sido separado, por expediente disciplinario, del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni estar
inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
Los
aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
e)
No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente
del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del
Cuerpo de Maestros.
f)
Estar en posesión del título de Maestro o del título
de grado correspondiente. De acuerdo con la disposición adicional
undécima de la Ley Orgánica de Educación, el
título de Profesor de Educación General Básica
y el título de Maestro de Enseñanza Primaria son equivalentes
al de Maestro a efectos de docencia.
En el caso de que los aspirantes presenten titulaciones obtenidas
en el extranjero deberán estar en posesión de la credencial
que acredite su homologación de conformidad con lo dispuesto
en el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero y la Orden ECI 3686/2004,
de 3 de noviembre, o de la credencial de reconocimiento al amparo
de lo establecido por la Directiva 2005/36/CE y el Real Decreto
1665/1991, de 25 de octubre.
2. Requisitos específicos para participar en el
procedimiento de reserva de minusválidos
Podrán participar por este procedimiento aquellos aspirantes
que, además de reunir las condiciones generales y específicas
exigidas para el ingreso al Cuerpo de Maestros, tengan reconocida
una discapacidad de grado igual o superior al 33%, siempre que tengan
la capacidad funcional no sólo referida al ejercicio de la
docencia a nivel general, sino también en relación
con la especialidad a la que se opta.
3. Requisitos específicos para participar para plazas
a impartir en vascuence y a plazas de la especialidad de Vascuence
(Navarra)
Consultar convocatoria publicada en el BON n.º 9, de 21/01/2009.
4. Requisitos específicos para los aspirantes que
no posean la nacionalidad española
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española, para
ser admitidos al proceso selectivo, deberán acreditar un
conocimiento adecuado de castellano, en la forma establecida en
el apartado 2.B) de la Base Tercera de la convocatoria publicada
en el BON n.º 9, de 21/01/2009.
PLAZOS
• Lugar: las instancias se dirigirán
al Servicio de Recursos Humanos y deberán presentarse en
el Registro
del Departamento de Educación (calle Santo Domingo, s/n,
de Pamplona), en el Registro General del Gobierno de Navarra, en
cualquiera de las demás oficinas de registro del Gobierno
de Navarra, cuya relación aparece publicada en el Boletín
Oficial de Navarra número 14, de fecha 30 de enero de 2008,
o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
De conformidad con el artículo 31 de la Ley Foral 7/2001,
de 27 de marzo, de Tasas y Precios públicos de la Administración
de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos,
están exentas del pago de las tasas:
a)
Las personas con discapacidad igual o superior al 33%. Para el disfrute
de la exención será necesario presentar certificado
que acredite el grado de minusvalía extendido por el órgano
competente.
b)Las
personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo
de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de
la presente convocatoria. Es requisito para el disfrute de la exención
que, en el plazo referido, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada,
en acciones de promoción, formación o reconversión
profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo
mensual, al salario mínimo interprofesional.
•
Derechos de examen: 40,00€
•
El plazo de presentación de solicitudes está
abierto hasta el 22/12/2008.
PRUEBAS
• Fase previa:
– Prueba de acreditación del conocimiento del castellano
para los/as aspirantes que no posean la nacionalidad española.
Consultar BON n,º 9, de 21/01/2009.
•
Fase de oposición:
– La fase de oposición constará de una única
prueba estructurada en dos partes, que no tendrán carácter
eliminatorio. El Tribunal sólo hará pública
la nota final y global de la prueba.
– Los aspirantes deberán presentarse a la totalidad
de ejercicios de la prueba de la fase de oposición. De no
presentarse a alguno de ellos, serán excluidos del procedimiento
selectivo.
La
prueba de la fase de oposición se divide en las partes siguientes:
1.
Parte A: Tendrá por objeto la demostración
de los conocimientos específicos necesarios para impartir
la docencia. Esta parte consistirá en el desarrollo por escrito
de un tema elegido por el aspirante de entre tres del temario de
la especialidad, extraídos al azar por el Tribunal.
Esta parte A supondrá el 40% de la calificación final,
de la fase de oposición.
2.
Parte B: Tendrá por objeto la comprobación
de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las
técnicas necesarias para el ejercicio docente y consistirá
en la presentación y exposición de una programación
didáctica y en la preparación y exposición
oral de una unidad didáctica.
En las especialidades de Música y Educación Física
se incluirá un ejercicio práctico cuyas características
se definen en el Anexo III del BON n.º 9, de 21/01/2009.
B.1)
Presentación, exposición y, en su caso, defensa de
una Programación didáctica.
La programación didáctica deberá elaborarse
de conformidad con lo establecido en el Anexo IV de la convocatoria
publicada en el BON n.º 9, de 21/01/2009.
B.2)
Preparación, exposición, y en su caso defensa, de
una unidad didáctica.
La preparación y exposición oral, ante el Tribunal,
de una unidad didáctica estará relacionada con la
programación presentada por cada aspirante. Cada persona
elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre
tres extraídas al azar por ella misma, de su propia programación.
En
la elaboración de la citada unidad didáctica deberán
concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella,
sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje
que se van a plantear en el aula, y sus procedimientos de evaluación.
Asimismo, habrá de concretarse las competencias básicas
relacionadas y el grado de desarrollo de las mismas.
Para
la exposición de la unidad didáctica, el aspirante
dispondrá de una hora de preparación y podrá
utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá
aportar él mismo, así como un guión que no
excederá de un folio y que se entregará al tribunal
al término de la exposición.
Los
aspirantes que deban exponer y, en su caso, defender los ejercicios
B.1) y B.2), lo harán en una única
actuación ante el Tribunal.
B.3)
Ejercicio de carácter práctico.
En el caso de las especialidades de Música y Educación
Física, se incorporará al proceso selectivo la realización
de un ejercicio de carácter práctico cuyas características
y duración se establecen en el Anexo III del BON n.º
9, de 21/01/2009.
Sustitución del ejercicio B.2) por un informe en el que se
valoren los conocimientos del aspirante acerca de la unidad didáctica.
•
Fase de concurso. Consultar BON n.º 9 de 21/01/09.
PROGRAMAS
En este procedimiento selectivo serán de aplicación
los temarios vigentes que corresponden a las distintas especialidades
del Cuerpo de Maestros:
– Anexo I de la Orden de 9 de septiembre de 1993 (“Boletín
Oficial del Estado” de 21 de septiembre).
– Especialidad Primaria: Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo
(“Boletín Oficial del Estado” de 15 de marzo
de 2007).
– Especialidad Vascuence: Anexo I de la Orden Foral 374/1999,
de 3 de noviembre, del Consejero de Educación y Cultura (Boletín
Oficial de Navarra, número 158, de 20 de diciembre).
MATERIAL
PARA SU PREPARACIÓN
|