CONSIDERACIONES
GENERALES
La
Consejería de Hacienda, ha publicado en el BORM nº 81
de 11/4/2005, Decreto n.º 33/ 2005 de 1 de abril, por el que
se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente al
ejercicio de 2005 para funcionarios docentes en la Administración
Pública de la Región de Murcia, con un total de 890
plazas para el cuerpo de Maestros, y en el BORM nº 82 de 12/4/2005,
la convocatoria de dichas plazas:
El
detalle es el que sigue:
Presente
su instancia hasta el día 3/5/2005.
REQUISITOS
a) Ser
español o nacional de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También
podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el
cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno
de los demás Estados miembros de la Unión Europea
y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de
los nacionales de algún Estado a los que, en virtud de los
Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán
participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores
de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan
a sus expensas.
b) Tener
cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida,
con carácter general, para la jubilación.
c) Hacer
efectivo el pago de la Tasa correspondiente.
d) No
padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física
o psíquica que sea incompatible con el desempeño
de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que
se opta.
e) No
haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado por sentencia firme para el desempeño de funciones
públicas.
f) No
ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente
del correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo al que se aspira
a ingresar, excepto que se concurra al procedimiento para la adquisición
de nuevas especialidades a que se refiere el título II de
la presente Orden.
g) Estar
en posesión, o reunir las condiciones para que les pueda
ser expedido alguno de los siguientes títulos:
– Maestro.
– Diplomado en Profesorado de Educación General Básica.
– Maestro de Primera Enseñanza.
En
el caso de haber obtenido las titulaciones en el extranjero, deberá haberse
concedido la correspondiente homologación, o bien el reconocimiento
profesional de la titulación para ejercer la profesión
docente, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 285/2004,
de 20 de febrero (BOE de 4 de marzo), o su reconocimiento al amparo
de lo establecido por la Directiva 89/48/CEE del Consejo de las
Comunidades Europeas de 21 de diciembre de 1988, y el Real Decreto
1665/1991, de 25 de octubre (BOE de 22 de noviembre), en cuanto
sean de aplicación.
Requisitos
específicos para participar por la reserva de discapacidad:
a) Tener
reconocida la condición legal de minusválido, en
grado igual o superior al 33%, según valoración realizada
por el ISSORM o por el órgano competente en esta materia
del resto de las Administraciones Públicas, siempre que
ello no sea incompatible con el ejercicio de la docencia.
b) Manifestar
expresamente, mediante la cumplimentación del apartado correspondiente
en la instancia de participación, la opción de participar
por este procedimiento de reserva.
El
procedimiento selectivo se realizará en condiciones de igualdad
con los aspirantes de ingreso libre, sin perjuicio de las adaptaciones
correspondientes.
PLAZOS
• LUGAR: Las
instancias podrán presentarse en las Oficinas de CAJAMURCIA
(Caja de Ahorros de Murcia) y de la CAM (Caja de Ahorros del Mediterráneo),
así como en el Registro General de la Consejería
de Educación y Cultura, en el Registro General de la Comunidad
Autónoma de Murcia, en las Oficinas de registro relacionadas
en la Orden de 28 de junio de 2004 de la Consejería de Hacienda,
por la que se hace pública la relación de oficinas
de registro de la Administración Regional de Murcia y se
establecen los días y horarios (BORM de 20 de julio), o
en cualquiera de las dependencias a que alude el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE
del 14).
• DERECHOS
DE EXAMEN: 29,71 euros.
Consultar
caso en los que se reduce esta tasa de examen en el BORM n.º 82,
de 12/04/05.
• El
plazo de presentación de solicitudes está abierto
hasta el 3 de mayo de 2005.
PRUEBAS
• PRUEBA
CONOCIMIENTO DE CASTELLANO:
Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase
de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española
y que no tengan como idioma oficial el castellano deberán acreditar
el conocimiento del mismo mediante la realización de una prueba en la
que se comprobará si poseen un nivel adecuado de comprensión
y expresión oral y escrita de esta lengua.
Estarán
exentos de la realización de la citada prueba los aspirantes
que hayan justificado estar en posesión de alguno de los
títulos siguientes:
– Diploma
de español (nivel superior) como Lengua Extranjera establecido
por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se
regulan los diplomas de español como lengua extranjera
(BOE de 8 de noviembre).
– Certificado
de Aptitud en Español para extranjeros expedido por las
Escuelas Oficiales de Idiomas.
– Título
de Licenciado en Filología Hispánica o Románica
o, bien, certificación académica que acredite haber
realizado todos los estudios para la obtención de alguno
de dichos títulos.
– Título
alegado para ingresar en el Cuerpo de Maestros, emitido por el
Estado Español.
– Los
que obtuvieron la calificación de apto en alguno de los
procesos selectivos convocados por la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia con posterioridad al 1 de julio
de 1999, fecha de asunción de las transferencias en materia
educativa por esta Comunidad Autónoma.
Los
Tribunales calificarán esta prueba de «apto» o «no
apto», siendo necesario obtener la valoración de apto
para poder realizar las restantes pruebas.
• FASE
DE OPOSICIÓN
La
fase de oposición constará de dos pruebas de carácter
eliminatorio, realizándose en primer lugar la prueba de
conocimientos específicos y después la de aptitud
pedagógica.
En
la especialidad de Idioma extranjero: Inglés, las pruebas
se desarrollarán en este idioma.
– Prueba
de conocimientos.
Esta primera prueba, que tendrá por objeto la demostración de
conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia, constará de
dos partes que serán valoradas conjuntamente.
1.
Primera parte:
Prueba de carácter práctico consistente en la realización
de una serie de ejercicios, relacionados con el temario de la especialidad
y/o el currículo de las áreas propias de la especialidad, que
permitan comprobar que los candidatos poseen una formación científica
y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas,
asignaturas o módulos propias de la especialidad a que opten.
Para
las diferentes especialidades objeto de la presente convocatoria
las pruebas prácticas se ajustarán a las características
que se establecen en el anexo V de la Orden de 12 de abril de
2005 (consultar BORM n.º 82, de 12/04/05).
2.
Segunda parte:
Desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre dos extraídos
al azar por el tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad.
Para
el desarrollo de este ejercicio los aspirantes dispondrán
de dos horas.
– Prueba
de Aptitud Pedagógica.
Esta segunda prueba cuyo objeto es comprobar la aptitud pedagógica del
aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio
docente, consistirá en la presentación y defensa ante el tribunal
de una programación didáctica y en la elaboración y exposición
oral de una unidad didáctica.
La
programación didáctica hará referencia a los
currículos vigentes en esta Comunidad Autónoma de
la especialidad por la que se participa, ubicada en un curso de
Educación Infantil o Primaria, en la que se especificarán,
al menos, los objetivos, los contenidos y su distribución
temporal, los criterios y procedimientos de evaluación,
la metodología, el manejo y uso adecuado de las tecnologías
de la información y comunicación propias de la especialidad
y la atención al alumnado con necesidades educativas específicas.
Las
pruebas correspondientes a las especialidades de idiomas modernos
se desarrollarán íntegramente en el idioma de la
respectiva especialidad.
(Para
la especialidad de Pedagogía Terapéutica y Audición
y Lenguaje consultar características específicas
en la Orden de 12 de abril de 2005, del BORM n.º 82, de 12/04/05).
• FASE
DE CONCURSO. Consultar BORM n.º 82, de 12/04/05.
PROGRAMAS
Temarios:
De conformidad con lo previsto en la disposición transitoria
segunda del Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero, serán
de aplicación los temarios contenidos en la Orden de 9 de
septiembre de 1993, del Ministerio de Educación y Ciencia
(BOE de 21 de septiembre), en lo que se refiere exclusivamente
a la parte A de los temarios, quedando sin vigencia para su aplicación
lo dispuesto en cuanto a la parte B.
MATERIAL
PARA LA PREPARACIÓN
¿Cómo
preparar la encerrona
de las oposiciones a Maestros 2005?
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