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Editorial MAD

CONVOCATORIAS
Ceuta-Melilla

CONVOCATORIA 2005
BOE nº 69 de 22/03/2005


110 plazas


CONSIDERACIONES GENERALES PRUEBAS
REQUISITOS PROGRAMAS
PLAZOS MATERIAL

CONSIDERACIONES GENERALES

Se convocan pruebas selectivas para cubrir 110 plazas en el Cuerpo de Maestros, situadas en situadas en las ciudades de Ceuta y Melilla.

El desglose por especialidades y turnos es el que a continuación se indican:

Especialidad
CEUTA
MELILLA
TOTAL
Audición y Lenguaje
7
5
12
Educación Infantil
12
20
32
Educación Física
8
5
13
Idioma extranjero: Inglés
7
16
23
Música
6
5
11
Pedagogía Terapéutica
10
9
19
TOTAL
50
60
110

Convocatoria publicada en el BOE nº 69 de 22/03/05.


REQUISITOS

Para ser admitido a los procedimientos selectivos los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Requisitos generales:

A) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

B) Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.

C) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.

D) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

E) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo cuerpo al que se refiere la convocatoria, salvo que se concurra a los procedimientos para la adquisición de nuevas especialidades a que se refiere el Titulo II de la presente Orden, en el que podrán participar los funcionarios de carrera.

2. Requisitos específicos para participar por el procedimiento de ingreso libre: Además de los requisitos generales que se establecen en el apartado anterior, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos:

Estar en posesión o en condiciones de obtener alguno de los siguientes títulos: Maestro. Diplomado en Profesorado de Educación General Básica. Maestro de Primera Enseñanza. En el caso de que la titulación se haya obtenido en el extranjero deberá haberse concedido la correspondiente homologación según el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior, o al amparo de lo establecido por la Directiva 89/48/CEE y el Real Decreto 1665/1991 de 25 de octubre, en cuanto sean de aplicación.

3. Requisitos específicos para participar por la reserva de plazas para personas con discapacidad:
Podrán participar por este procedimiento aquellos aspirantes que, además de reunir las condiciones generales y específicas exigidas para ingreso al Cuerpo de Maestros, tengan reconocida por los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, siempre que ello no sea incompatible con el ejercicio de la docencia.

PLAZOS

Lugar de presentación.–La solicitud de admisión se dirigirá junto con el resto de la documentación al Subsecretario del Ministerio de Educación y Ciencia y se presentará en la Dirección Provincial de Educación de la Ciudad consignada por el aspirante y correspondiente a «Provincia de Examen».

Las solicitudes podrán presentarse asimismo, en las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Derechos de examen: 19,52 euros.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a) las personas con discapacidad igual o superior al 33% debidamente acreditada.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos de un mes anterior a la fecha de convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 11 de abril de 2005.

PRUEBAS

PRUEBA CONOCIMIENTO DE CASTELLANO:
Con carácter previo a la realización de las pruebas, los aspirantes que no sean de nacionalidad española y el conocimiento de dicha lengua no se deduzca de su nacionalidad de origen, deberán acreditar el conocimiento adecuado del castellano mediante la realización de una prueba en la que se comprobara que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua. Están exentos de la realización de la prueba:

Quienes acrediten fehacientemente la posesión de algunos de los títulos o certificados siguientes:

- Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera.

- Certificado de Aptitud en Español para extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

- Título de Licenciado en Filología Hispánica o Románica.

- Certificación académica en la que conste que se han realizado el Estado español todos los estudios conducentes a la titulación alegada para ingreso en el Cuerpo al que se opta.

- Certificado expedido por el órgano competente de haber superado la prueba en procedimientos selectivos convocados por este Ministerio a partir del año 2000.

FASE DE OPOSICIÓN

A) Primera prueba: Tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia. Esta prueba constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente: Primera parte: Una prueba práctica consistente en la realización de una serie de ejercicios relacionados con el temario de la especialidad a la que se opta, (consultar lo dispuesto en el anexo IV del BOE nº 69 de 22/03/05) , que permita comprobar que los candidatos poseen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas propias de la especialidad a que opten. Segunda parte: Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre dos, extraídos al azar por el Tribunal, de los correspondientes al temario de la especialidad.

B) Segunda prueba: Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente, consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la elaboración y exposición oral de una unidad didáctica ante el Tribunal.

a) La programación didáctica, que será defendida oralmente ante el Tribunal, deberá tomar como referencia el currículo vigente de un área relacionada con la especialidad por la que se participa. En la misma deberá especificarse al menos, la organización y secuencia de los objetivos; los contenidos; los criterios de evaluación; metodología; evaluación; así como la atención al alumnado con necesidades educativas específicas.

El currículo vigente en el ámbito del Ministerio de Educación y Ciencia para la Educación Infantil es el establecido en el Real Decreto 1333/1991, de 6 de septiembre (Boletín Oficial del Estado del 9 de septiembre) y para la Educación Primaria, por el Real Decreto 1344/1991, de 6 de septiembre (Boletín Oficial del Estado del 13 de septiembre). Al ser el ciclo la unidad curricular temporal de programación y evaluación tanto de la Educación Infantil como de la Primaria, el aspirante deberá desarrollar la programación haciendo referencia a un ciclo de la etapa elegido por el candidato, debiendo incluir la secuencia de las unidades didácticas a desarrollar en cada curso. Cada unidad didáctica incluirá la presentación de la unidad, los objetivos y contenidos didácticos, y los criterios de evaluación, así como las tareas de enseñanza, aprendizaje y evaluación. El aspirante deberá asimismo desarrollar las sesiones de la unidad didáctica concretando las tareas y las secuencias de las mismas.

En la especialidad de Pedagogía Terapéutica, el aspirante presentará un plan de apoyo referido a un ciclo de la Educación Infantil o Primaria elegido por el mismo, para un supuesto concreto del alumnado con necesidades educativas especiales, que deberá basarse en las necesidades del alumno y del centro, teniendo en cuenta el contexto escolar.

Para la especialidad de Audición y Lenguaje, el aspirante presentará un plan de apoyo referido a un ciclo de la Educación Infantil o Primaria elegido por el mismo, para un supuesto concreto del alumnado con necesidades educativas especiales, que deberá basarse en las necesidades del alumno y del centro, teniendo en cuenta el contexto escolar.

b) La unidad didáctica que será elaborada y expuesta oralmente ante el Tribunal podrá estar relacionada, a elección del aspirante, con la programación presentada por el mismo o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación. En el segundo caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo del temario oficial de la especialidad. En la elaboración de la citada unidad didáctica deberá concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación.

Las pruebas de que consta la fase de oposición se ajustarán a lo siguiente:

– Cada una de las pruebas tendrá carácter eliminatorio.

– Todas las pruebas de la especialidad de inglés se desarrollará en ese idioma, de conformidad con el artículo 20.2 del Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero.

La programación didáctica también deberá presentarse en dicho idioma.

 

FASE DE CONCURSO. Consultar BOE nº 69 de 22/03/05

FASE DE PRÁCTICAS. Consultar BOE nº 69 de 22/03/05

 

PROGRAMAS

Los temarios correspondientes que regirán para la realización de esta segunda parte de la prueba son los establecidos en el anexo I de la Orden de 9 de septiembre de 1993 (Boletín Oficial del Estado de 21 de septiembre).

También podrán ser consultados en la página:

http://www.oposicion-primaria.com/temarios.html

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