| CONSIDERACIONES
GENERALES
Se
convoca procedimiento selectivo mediante el sistema de concurso-oposición
para cubrir 3000
plazas del Cuerpo de Maestros, 2850 por el sistema general
de acceso libre, y 150 plazas para ser cubiertas por quienes tengan
la condición legal de personas con minusvalía. En el
supuesto de que éstas no sean cubiertas total o parcialmente
se acumularán a las restantes plazas convocadas.
Convocatoria
publicada en el BOCM n.º 10 – 13/01/2005.
REQUISITOS
Requisitos
generales
a) Ser
español o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de
los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores.
También
podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el
cónyuge de los españoles y de los nacionales de algunos
de los demás Estados miembros de la Unión Europea
y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de
los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los
Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, siempre que no estén
separados de derecho, así como sus descendientes y los del
cónyuge, menores de veintiún años o mayores
de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Tener
cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad
establecida, con carácter general, para la jubilación.
c) No
padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física
o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones
correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
d) No
haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
Los
aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
e) No
ser funcionario/a de carrera, en prácticas o estar pendiente
del correspondiente nombramiento del Cuerpo de Maestros, salvo
que se concurra a los procedimientos para la adquisición
de nuevas especialidades a que se refiere el título V del
Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero.
f) Los
aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización
de una prueba.
g) Estar
en posesión o en condiciones de que les sea expedido alguno
de los siguientes títulos:
- Maestro/a.
- Diplomado/a en Profesorado de Educación General Básica.
- Maestro/a de Enseñanza Primaria.
En
el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse
en posesión de la credencial que acredite su homologación
o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión
de Maestro/a.
Requisitos
específicos para participar por la reserva de minusvalía.
Podrán participar por este procedimiento aquellos aspirantes que además
de reunir los requisitos generales exigidos para ingreso en el Cuerpo de
Maestros, tengan reconocido por los órganos competentes de las Comunidades
Autónomas o, en su caso, de la Administración General del Estado,
un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, siempre que
tenga la capacidad funcional no sólo referida al ejercicio de la docencia
a nivel general, sino en relación con la especialidad a la que se
opta.
PLAZOS
Presentación
de instancias.
Lugar: Las
solicitudes se podrán presentar en:
- En
el Registro General de esta Consejería, sito en Gran Vía,
número 3, de Madrid.
- En
los Registros de cualquiera de las Direcciones de Área Territorial
de esta Consejería.
- En
las oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid que vienen relacionadas
en la Orden 917/2003, de 9 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID del 18).
- En
cualquiera de las dependencias a que hace referencia el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín
Oficial del Estado" del 14).
Derechos
de examen: 26,02 euros
Están
exentas del pago por derechos de examen:
Las personas desempleadas que figuren en el Instituto Nacional de Empleo como
demandantes de empleo con una antigüedad mínima de dos años,
las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 y las
víctimas del terrorismo, cónyuges e hijos.
El
plazo de presentación de solicitudes está abierto
hasta el 02/02/05.
PRUEBAS
FASE
DE OPOSICIÓN
En
esta fase se valorarán los conocimientos específicos
de los candidatos necesarios para impartir la docencia, su aptitud
pedagógica y su dominio de las técnicas necesarias
para el ejercicio docente. Esta fase dará comienzo a partir
del día 20 de junio.
** Los
aspirantes a la especialidad idioma extranjero: Inglés, deberán
realizar todas las pruebas de esta fase en este idioma.
La
primera prueba.
Tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos
necesarios para impartir la docencia y constará de dos partes que serán
valoradas conjuntamente:
- Primera
parte: Una prueba práctica consistente en la realización
de una serie de ejercicios que, ajustándose a lo dispuesto
en el Anexo IV, permitan comprobar que los aspirantes poseen una
formación científica y un dominio de las técnicas
de trabajo precisas para impartir las áreas, asignaturas
o módulos propios de la especialidad a que opten. (Para
ver las características de las pruebas por especialidades
consultar Anexo IV del BOCM nº 10 de 13/01/05)
- Segunda
parte: Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema,
elegido por el aspirante, de entre dos extraídos al azar
por el Tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad
La
segunda prueba.
Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica
del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio
docente y consistirá en la presentación de una programación
didáctica y en la elaboración y exposición oral de una
unidad didáctica ante el Tribunal.
La programación
didáctica: Será defendida oralmente ante el Tribunal,
hará referencia al currículo de una asignatura, área
o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa,
y su relación, al menos, con las áreas instrumentales,
y en la que se especificarán los objetivos, contenidos y su
distribución temporal, los criterios y procedimientos de evaluación,
la metodología, así como la atención al alumnado
con necesidades educativas específicas. (Los contenidos de
la programación didáctica podrán consultarse
en el Anexo IV del BOCM nº 10 de 13/01/05)
FASE
DE CONCURSO. Consultar BOCM n.º 10 – 13/01/2005.
Prueba
de conocimiento del castellano para los aspirantes que no poseen
la nacionalidad española:
con carácter previo a la realización
de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes que no
posean la nacionalidad española deberán acreditar el
conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba,
en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión
y expresión oral y escrita en esta lengua.
PROGRAMAS
Los
temarios sobre los que versarán las pruebas de la fase de
oposición para las respectivas especialidades son los establecidos
en la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 9 de
septiembre de 1993 (“Boletín Oficial del Estado” del
21), modificada por la Orden del Ministerio de Educación,
Cultura y Deportes de 5 de marzo de 2003 (Boletín Oficial
del Estado del 6).
TEMARIOS
Para
cada especialidad, Editorial MAD te ofrece un temario
exhaustivo que te ayudará a preparar todas las pruebas de
la oposición. CONSÚLTALOS.
Editorial
Mad

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