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Editorial MAD

CONVOCATORIAS
Madrid

CONVOCATORIA 2007
BOCM nº 63 de 15/03/2007

2500 PLAZAS

Consideraciones generales Pruebas
Requisitos Programas
Plazos Material

 

CONSIDERACIONES GENERALES
Se convoca procedimiento selectivo mediante el sistema de concurso-oposición para cubrir, por el sistema general de acceso libre, 2.500 plazas ubicadas en centros dependientes de la Comunidad de Madrid.

Se reservan 150 plazas del total de las plazas ofertadas, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con minusvalía.

En el supuesto de que estas no sean cubiertas total o parcialmente, se acumularán a las restantes plazas convocadas.

De concederse dicha ampliación antes de la finalización de este procedimiento, la distribución de las plazas convocadas sería la siguiente:

La distribución de las plazas convocadas por turnos y especialidades es la siguiente:

 Especialidades
 Plazas
 Educación Infantil
708
 Idioma extranjero: Inglés
708
 Educación Física
300
 Música
108
 Pedagogía Terapéutica
238
 Audición y Lenguaje
104
 Educación Primaria
334
 Total
2500

Se ha solicitado a la Consejería de Presidencia una ampliación de 500 plazas dentro de la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2006.

Convocatoria publicada en el BOCM n.º 63, de 15/03/2007.

REQUISITOS
Requisitos Generales

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de algunos de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.

Si durante la realización de las pruebas, o durante la realización de las prácticas, en caso de que se hayan superado las fases de oposición y concurso, se suscitaran dudas respecto de la capacidad del aspirante para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los funcionarios del Cuerpo de Maestros, el Tribunal correspondiente, o la Comisión de Evaluación, podrá solicitar de oficio el correspondiente dictamen del Servicio de Prevención de la UPAM o del Servicio de Inspección Médica. En este caso, y hasta tanto se emita el dictamen, el aspirante podrá seguir participando condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso hasta la recepción del dictamen.

En el caso de que el aspirante opte por no presentarse ante el órgano citado, decaerá de todos los derechos adquiridos hasta ese momento.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

e) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del Cuerpo de Maestros, salvo que se concurra a los procedimientos para la adquisición de nuevas especialidades a que se refiere el título V del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (“Boletín Oficial del Estado” de 2 de marzo).

f) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba.

g) Estar en posesión, o en condiciones de que les sea expedido alguno de los siguientes títulos:

a) Maestro.
b) Diplomado en Profesorado de Educación General Básica.
c) Maestro de Enseñanza Primaria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión de Maestro, en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero; en la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre, y en el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, en cuanto le sea de aplicación.

Requisitos específicos para participar por la reserva de minusvalía:

Podrán participar por este procedimiento, para el que, de acuerdo con la citada Oferta de Empleo, se reserva un cupo del 6 por 100 del total de las plazas convocadas, aquellos aspirantes que, además de reunir los requisitos generales exigidos para ingreso en el Cuerpo de Maestros, tengan reconocido por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas o, en su caso, de la Administración General del Estado, un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, siempre que tenga la capacidad funcional no sólo referida al ejercicio de la docencia a nivel general, sino en relación con la especialidad a la que se opta.

PLAZOS

Las solicitudes para participar en esta convocatoria podrán presentarse en soporte papel o por medios telemáticos, a través de la página Web de la Comunidad de Madrid: (http://www.madrid.org/edu_rrhh)

En ambos casos tendrán los mismos efectos administrativos y jurídicos.

Lugar: La presentación de solicitudes junto con el resto de la documentación se podrá hacer:

– En el Registro General de esta Consejería, sito en la calle General Díaz Porlier, número 35, de Madrid.

– En los Registros de cualquiera de las Direcciones de Área Territorial de esta Consejería.

– En las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid que vienen relacionadas en la Orden 597/2005, de 15 de abril (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 18 de mayo).

– En cualquiera de las dependencias a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14).

Derechos de examen: 27,07 euros

El plazo de presentación de instancias está abierto hasta el 4/04/07.

PRUEBAS

FASE DE OPOSICIÓN:
En esta fase se valorarán la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente en la forma prevista en la base VIII (consultar BOE n.º 53, de 2/03/07).

Los aspirantes a la especialidad Idioma Extranjero: Inglés, deberán realizar todas las pruebas de esta fase en este idioma.

La valoración de estos conocimientos, para todas las especialidades se llevará a cabo a través de una única prueba estructurada en dos partes, que no tendrán carácter eliminatorio.

La prueba y sus dos partes se ajustarán a lo que se indica a continuación:

– Parte A. Tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia. Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema, elegido por el aspirante, de entre tres temas extraídos al azar por el tribunal.

Los aspirantes dispondrán de dos horas para la realización de esta parte.

Las pruebas que tengan que efectuarse por escrito, tanto de la parte A) como de la parte B), podrán ser realizadas en la misma sesión y posteriormente los Tribunales procederán al llamamiento de los opositores para su lectura, que se llevará a cabo en el mismo orden de su realización.

– Parte B. Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.

Consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica ante el Tribunal.

En aquellas especialidades que incluyan habilidades instrumentales o técnicas esta segunda parte incluirá un ejercicio de carácter práctico.

B.1) Presentación de una programación didáctica.
La programación didáctica será defendida oralmente ante el tribunal. Hará referencia al currículo de un área, materia o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa, en la que deberá especificarse los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en el que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo.

El currículo vigente en la Comunidad de Madrid para Educación Primaria, se encuentra regulado por el Real Decreto 1344/1991, de 6 de septiembre (“Boletín Oficial del Estado” del 13); y para la Educación Infantil, por el Real Decreto 1333/1991, de 6 de septiembre (“Boletín Oficial del Estado” del 9).

B.2) Preparación y exposición de una unidad didáctica.
La preparación y exposición oral ante el tribunal de una unidad didáctica, estará relacionada con la programación presentada por el aspirante que elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídos al azar por él mismo, de su propia programación.

Ejercicio de carácter práctico. Consistirá en la realización de una serie de ejercicios que, ajustándose a lo dispuesto en el Anexo IV, permitan comprobar que los aspirantes poseen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas, asignaturas o módulos propios de la especialidad a que opten.

Prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes que no poseen la nacionalidad española: con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

FASE DE CONCURSO:
Consultar BOCM n.º 63, de 15 de marzo de 2007.

PROGRAMAS
Los temarios son los establecidos en el Anexo I de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 9 de septiembre de 1993 (“Boletín Oficial del Estado” del 21). Para la especialidad de Educación Primaria, serán los que apruebe el Ministerio de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 276/2007 (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2 marzo).

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