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CONVOCATORIA 2003
BOCM nº 58 de 10/03/2003

2280 PLAZAS

CONSIDERACIONES GENERALES PRUEBAS
REQUISITOS PROGRAMAS
PLAZOS TEMARIOS

CONSIDERACIONES GENERALES

Se convoca procedimiento selectivo mediante el sistema de concurso-oposición para cubrir, por el sistema general de acceso libre, 2.165 plazas para el Cuerpo de Maestros.

Se reservan 115 plazas del total de las plazas ofertadas para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con minusvalía. En el supuesto de que éstas no sean cubiertas, total o parcialmente, se acumularán a las restantes plazas convocadas. La distribución de las plazas convocadas por turnos y especialidades es la siguiente:

ESPECIALIDAD
TOTAL
Audición y Lenguaje
110
Educación Infantil
720
Educación Física
360
Idioma Extranjero: Inglés
630
Música
200
Pedagogía Terapéutica
260

Al presente concurso-oposición le será de aplicación lo dispuesto en la presente convocatoria; la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 24), sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; la Ley 27/1997, de 26 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 18/2000, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas; la Orden 571/2001 de 21 de febrero, de la Consejería de Educación, por la que se regula la tasa por derechos de examen para la selección de personal docente al Servicio de la Comunidad de Madrid y la adquisición de la condición de catedrático; el Real Decreto 850/1993, de 4 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 30), por el que se regula el ingreso y la adquisición de especialidades en los Cuerpos de Funcionarios Docentes a que se refiere la Ley Orgánica 1/1990; en lo no previsto en las normas anteriores y en tanto resulte de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General de Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 1/1986, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y demás disposiciones de general aplicación.

Convocatoria publicada en el BOCM nº 58, de 10/03/2003.


REQUISITOS

Requisitos generales

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional del Reino de Noruega o de la República de Islandia. También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.

c) Estar en posesión, o en condiciones de que les sea expedido alguno de los siguientes títulos:
- Maestro/a.
- Diplomado/a en Profesorado de Educación General Básica.
- Maestro/a de Enseñanza Primaria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión de Maestro/a en aplicación de la Directiva 89/48/CEE.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo de Maestros.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

f) No ser funcionario/a de carrera o en prácticas del Cuerpo de Maestros.

Requisitos específicos para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.

De conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, los aspirantes que no posean la nacionalidad española, para ser admitidos en el presente procedimiento selectivo deberán acreditar, además de los requisitos generales a que alude el apartado anterior, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

Requisitos específicos para participar por la reserva de minusvalía.

Podrán participar por esta reserva aquellos aspirantes que, además de reunir los requisitos generales, tengan reconocida por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas o, en su caso, de la Administración del Estado, una disminución física de al menos un 33 por 100, siempre que ello no sea incompatible con el ejercicio de la docencia.


PLAZOS

Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud, que les será facilitada gratuitamente en las Direcciones de Área Territoriales, en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería de Educación (calle Alcalá, números 30-32) y en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3)
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 175 y 178 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 29 de octubre), y la modificación efectuada por el artículo 65 de la Ley 14/2002, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el 2003, la tasa por derechos de examen será de 25,01 euros.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 177 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, están exentas del pago por derechos de examen:

1. Las personas desempleadas que figuren en el Instituto Nacional de Empleo como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de dos años, referida a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100.

3. Las víctimas del terrorismo, cónyuges e hijos.

La presentación de solicitudes (ejemplar para la Comunidad de Madrid), junto con el resto de la documentación, se hará en los Registros de la Direcciones de Área Territoriales, en el Servicio de Registro de esta Consejería, o en cualquier otra de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, así como en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común. Estas oficinas vienen obligadas, sin dilación, a cursar las solicitudes recibidas a la Dirección de Área Territorial consignada por el interesado en el recuadro correspondiente de su solicitud.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una Oficina de Correos se hará en sobre abierto, para que la misma sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.

El plazo será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 31/03/03.


PRUEBAS

FASE DE OPOSICIÓN

Prueba escrita
Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas. El primero de los temas será elegido por el candidato de entre dos extraídos al azar por el Tribunal de los correspondientes a la parte A del temario. El segundo tema será extraído al azar por el Tribunal de los correspondientes a la parte B. Para su desarrollo los aspirantes dispondrán de cuatro horas, dos para cada uno de los temas.

En las especialidades de Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje, Educación Infantil e Idioma Extranjero: Inglés, la prueba incluirá, además, la respuesta a tres preguntas elegidas por el candidato de entre seis formuladas por el Tribunal y relacionadas con las partes A y B del temario y el Currículo Oficial vigente.

Las preguntas a las que se refiere el párrafo anterior deberán versar sobre la elaboración de propuestas concretas para trabajar con los alumnos en el marco de las programaciones de aula. Para su resolución los opositores dispondrán de una hora y media.

Estas preguntas serán elaboradas por las Comisiones de Selección (o por el Tribunal, en el caso de que sea único).

Finalizada la prueba los Tribunales procederán al llamamiento de los opositores para que éstos efectúen la lectura del ejercicio realizado.

Prueba práctica
Esta prueba deberán realizarla los aspirantes que se presenten a las especialidades de Educación Física y Música.

Será propuesta por los Tribunales con arreglo a las características que se establecen a continuación:

Especialidad de Educación Física

- Valoración de la condición física mediante la realización por el opositor de una prueba de resistencia aeróbica y de un circuito de agilidad.

- Coordinación visomotriz. El opositor deberá realizar un recorrido que integre una prueba de coordinación óculo-manual y otra de coordinación óculo-pédica.

- Expresión corporal. El opositor dispondrá de veinte minutos para preparar un montaje de un contenido de expresión corporal, de duración no superior a un minuto, a partir de un motivo musical propuesto por el Tribunal.

Especialidad de Música

- Componer una pieza vocal e instrumental para utilizar en el aula sobre un texto dado por el Tribunal.

- Leer a primera vista un fragmento rítmico de 16 compases sobre una partitura dada por el Tribunal.

- Interpretar, con la voz o con un instrumento aportado por el opositor, un fragmento musical sobre una partitura dada por el Tribunal.

El tiempo del que dispondrán los candidatos para la realización de esta prueba será el que determine la Comisión de Selección o Tribunal.

La elaboración de esta prueba la realizará la Comisión de Selección (o el Tribunal, en el caso de que sea único).

Prueba oral
Consistirá en la exposición oral de un tema elegido por el candidato entre dos extraídos al azar por el mismo, de la parte A del temario de la especialidad. La exposición tendrá dos partes. La primera de ellas versará sobre los aspectos científicos o de contenido del tema. En la segunda el aspirante deberá enmarcar el tema en el Currículo Oficial vigente, explicando la relación del mismo con los elementos del currículo; asimismo, describirá pautas concretas de actuación con el alumnado, o implicaciones educativas, en ambos casos relacionadas con el tema elegido y referidas a un ciclo concreto. Finalizada la exposición, el Tribunal podrá debatir con el candidato sobre el contenido de su intervención.

La exposición y el debate citados en el párrafo anterior tendrán una duración máxima, respectivamente, de una hora y de treinta minutos. El opositor dispondrá, al menos, de dos horas para su preparación, pudiendo utilizar en ella el material que estime oportuno.

FASE DE CONCURSO. Consultar BOCM nº 58, de 10/03/2003.


PROGRAMAS

Los temarios sobre los que versarán las pruebas de la fase de oposición para las respectivas especialidades son los establecidos en la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 9 de septiembre de 1993 (“Boletín Oficial del Estado” del 21), modificada por la Orden del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes de 5 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado del 6).

TEMARIOS

 

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