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Editorial MAD

CONVOCATORIAS
La Rioja

CONVOCATORIA 2005
BOLR 45 de 2/04/2005

166 PLAZAS


Consideraciones generales Pruebas
Requisitos Programas
Plazos Material

CONSIDERACIONES GENERALES

Se convoca concurso-oposición para cubrir, por el sistema general de ingreso libre, 166 plazas del Cuerpo de Maestros, ubicadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Del total de las plazas ofertadas se reservan 9 para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad. En el supuesto de que éstas no sean cubiertas total o parcialmente, se acumularán a las restantes plazas convocadas.

Desglose por especialidades

 TOTAL DE PLAZAS
 ESPECIALIDAD
PLAZAS
8
70
25
28
 Música
10
 Pedagogía Terapéutica
25
 TOTAL
166

Convocatoria publicada en el Boletín Oficial de La Rioja n.º 45, de 2/04/05

REQUISITOS

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del Cuerpo de Maestros, salvo que se concurra al procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades a que se refieren las bases XIV y siguientes de la presente convocatoria.

f) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano según se establece en la base VII de esta convocatoria.

g) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos, o en su defecto resguardo que acredite haber abonado los derechos para su expedición:

– Maestro/a.
– Diplomado/a en profesorado de Educación General Básica.
– Maestro/a de Enseñanza Primaria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión de Maestro/a en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 86/1987, de 16 de enero, en la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre y en el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, en cuanto le sea de aplicación.

Requisitos específicos para participar en el procedimiento de ingreso por el turno de reserva a personas que acrediten discapacidad.
Podrán participar por este procedimiento aquellos aspirantes que, además de reunir las condiciones generales y específicas exigidas para el ingreso libre, tengan reconocida por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, o en su caso de la Administración General del Estado, una discapacidad igual o superior al 33 por ciento, siempre que ello no sea incompatible con el ejercicio de la docencia en la especialidad a la que se opta.

La opción por esta reserva habrá de formularse en la solicitud de participación, con declaración expresa de reunir la condición exigida al respecto, que se acreditará, si obtuviere plaza, mediante certificación de los órganos competentes.

PLAZOS

LUGAR: La solicitud de admisión se dirigirá, junto con el resto de la documentación, al Consejero de Educación, Cultura y Deporte y se presentará en el Registro de la Dirección General de Educación, sito en la Avda. Marqués de Murrieta, 76 - Ala Oeste - 26071 Logroño; o en el Registro General del Gobierno de La Rioja (C/ Capitán Cortés, n.º 1, 26008 - Logroño).

Las solicitudes podrán presentarse asimismo en las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DERECHOS DE EXAMEN: 26,17 euros.

El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 22 de abril de 2005.

PRUEBAS

Las pruebas selectivas darán comienzo después del día 22 de junio de 2005.

PRUEBA CONOCIMIENTO DE CASTELLANO:

De conformidad con lo previsto en el artículo 16.1 del Reglamento aprobado por Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero, con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española y que no tengan como idioma oficial el español, deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

Están exentos de la realización de la prueba a que se refiere el apartado anterior, quienes aleguen, de conformidad con lo dispuesto en la base tercera, estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:

– Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 21 de octubre, por el que regulan los diplomas de español como lengua extranjera (BOE de 8 de noviembre).

– Certificado de Aptitud en Español para Extranjeros, expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

– Título de licenciado en Filología Hispánica o Románica.

Asimismo estarán exentos los aspirantes que hayan alegado como requisito para el ingreso el título emitido por el Estado Español y quienes ya hayan superado esta prueba en convocatorias anteriores realizadas por esta Consejería.

Los tribunales calificarán esta prueba de “apto” o “no apto”, siendo necesario obtener la valoración de “apto” para continuar formando parte de los procedimientos selectivos.

FASE DE OPOSICIÓN

En esta fase se valorarán los conocimientos específicos de los candidatos necesarios para impartir la docencia, su aptitud pedagógica y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.

La valoración de estos conocimientos, para todas las especialidades, se llevará a cabo a través de las siguientes pruebas de carácter eliminatorio:

Primera prueba.
Tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia y constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente:

a) Primera parte: una prueba práctica consistente en la realización de una serie de ejercicios (consultar lo dispuesto en el Anexo III de esta convocatoria, en el BOLR n.º 45, de 2/04/05) que permitan comprobar que los aspirantes poseen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas, asignaturas o módulos propios de la especialidad a que opten.

El tiempo para la realización de esta primera parte será establecido, en función de las características de cada especialidad, por la comisión de selección o, en caso de tribunales únicos, tribunal correspondiente, sin que en ningún caso esta duración pueda ser superior a la establecida para cada especialidad.

b) Segunda parte: consistirá en el desarrollo por escrito de un tema, elegido por el aspirante, de entre dos extraídos al azar por el tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad.

Los temarios son los establecidos en el Anexo I de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 9 de septiembre de 1993 (“Boletín Oficial del Estado” del 21).

Los aspirantes dispondrán de dos horas para la realización de esta segunda parte.

Los ejercicios que tengan que efectuarse por escrito, tanto de la primera parte como de la segunda, podrán ser realizados en la misma sesión y posteriormente los Tribunales procederán al llamamiento de los opositores para su lectura.

Segunda prueba.
Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente y consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la elaboración y exposición oral de una unidad didáctica ante el tribunal.

a) Programación didáctica. La programación didáctica hará referencia al currículo vigente en la Comunidad Autónoma de La Rioja, de un área, asignatura o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa, y su relación con las áreas instrumentales. En ella se especificarán los objetivos, contenidos y su distribución temporal, los criterios y procedimientos de evaluación, la metodología, así como la atención al alumnado con necesidades educativas específicas.

La programación, que necesariamente se ajustará al desarrollo del currículo vigente en la Comunidad Autónoma de La Rioja, se organizará en unidades didácticas, de tal manera que cada una de ellas pueda ser desarrollada completamente en el tiempo asignado para su exposición. En cualquier caso, la programación contendrá un número de unidades didácticas no inferior a 15 (para consultar los contenidos ver Anexo III de esta convocatoria en el BOLR n.º 45 de 2/04/05.)

La programación, de carácter personal, será elaborada de forma individual por el aspirante. Tendrá una extensión máxima de 60 hojas, sin incluir los materiales de apoyo, en formato DIN-A4, escritos a doble espacio por una sola cara y con letra tipo arial de 12 puntos sin comprimir. Las unidades didácticas que la compongan deberán ir numeradas.

Se entiende como material de apoyo el material didáctico propuesto en las unidades didácticas, las pruebas e instrumentos de evaluación, los instrumentos organizativos, los anexos o cualquier otra documentación que no forme parte del cuerpo principal del documento.

El currículo vigente en la Comunidad Autónoma de La Rioja para Educación Primaria se encuentra regulado por el Real Decreto 1344/1991, de 6 de septiembre (“Boletín Oficial del Estado” del 13), y para la Educación Infantil, por el Real Decreto 1333/1991, de 6 de septiembre (BOE del 9).

b) Unidad didáctica. La elaboración ante el tribunal y exposición oral ante el mismo de una unidad didáctica, podrá estar relacionada, a opción del aspirante, con la programación presentada por éste o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. En el primer caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por el mismo, de su propia programación. En el segundo caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de un tema entre tres extraídos al azar por el mismo, del temario de la especialidad.

La unidad didáctica deberá especificar el grupo de alumnos donde pretende desarrollarse, y en su elaboración deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula, los criterios metodológicos y los procedimientos de evaluación, así como los recursos necesarios para el desarrollo de las mismas.

El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica, pudiendo utilizar el material que considere oportuno.

Para la exposición de la unidad, el aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere conveniente y que deberá aportar él mismo.

El aspirante iniciará su exposición con la defensa de la programación didáctica presentada, que no podrá exceder de treinta minutos, y a continuación realizará la exposición de la unidad didáctica, que no excederá de 45 minutos. Durante la exposición podrá apoyarse en un guión que no excederá de un folio, el cual deberá entregar al tribunal al término de la actuación. El posterior debate ante el Tribunal tendrá una duración máxima de quince minutos.

FASE DE CONCURSO. Consultar BOE n.º 69, de 22/03/05

PROGRAMAS

Los temarios son los establecidos en el Anexo I de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 9 de septiembre de 1993 (“Boletín Oficial del Estado” del 21).

También podrán ser consultados en la página:

http://www.oposicion-primaria.com/temarios.html

MATERIAL PARA LA PREPARACIÓN

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Registro Mercantil de Sevilla: Tomo 665, libro 109 de la sección 2ª de sociedades, folio 147, hoja 6919, inscripción 1ª