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Editorial MAD

CONVOCATORIAS
La Rioja

CONVOCATORIA 2007
BOLR N.º 38 de 22/03/2007

225 PLAZAS

Consideraciones generales Pruebas
Requisitos Programas
Plazos Material

CONSIDERACIONES GENERALES
Resolución de 19 de marzo de 2007 del Consejero de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convoca procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado cuerpo.

 Especialidades
 Plazas
 Educación Física
35
 Educación Infantil
80
 Inglés
50
 Música
15
 Pedagogía Terapéutica
40
 Audición y Lenguaje
5
 TOTAL
225

Presente su instancia hasta el 3/04/2007

REQUISITOS

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del Cuerpo de Maestros, salvo que se concurra al procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades a que se refieren las bases XIV y siguientes de la presente convocatoria.

f) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento del castellano según se establece en la base VII de esta convocatoria.

g) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos o, en su defecto, resguardo que acredite haber abonado los derechos para su expedición:

- Maestro
- Diplomado en profesorado de Educación General Básica
- Maestro de Enseñanza Primaria

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión de Maestro en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 86/1987, de 16 de enero, en la Directiva 89/48/CEE, de 21 de diciembre y en el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, en cuanto le sea de aplicación.

Requisitos específicos para participar en el procedimiento de ingreso por el turno de reserva a personas que acrediten discapacidad.

Podrán participar por este procedimiento aquellos aspirantes que, además de reunir las condiciones generales y específicas exigidas para el ingreso libre, tengan reconocida por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, o en su caso de la Administración General del Estado, una discapacidad igual o superior al 33 por ciento, siempre que ello no sea incompatible con el ejercicio de la docencia en la especialidad a la que se opta.

La opción por esta reserva habrá de formularse en la solicitud de participación, con declaración expresa de reunir la condición exigida al respecto, que se acreditará, si obtuviere plaza, mediante certificación de los órganos competentes.

PLAZOS
Lugar de presentación. Las solicitudes se dirigirán, junto con el resto de documentación al Consejero de Educación, Cultura y Deporte y se presentará en el registro de la Dirección General de Educación, sito en la Avda. Marqués de Murrieta, 76 - Ala Oeste - 26071 Logroño y en cualquiera de las Oficinas de Atención al Ciudadano del Gobierno de La Rioja, sitas en C/ Capitán Cortés, de Logroño, C/ Sagasta, 16 A, de Torrecilla en Cameros, Avenida de La Rioja, 6, de Cervera del Río Alhama y C/ Juan Ramón Jiménez, 2, de Haro.
Las solicitudes podrán presentarse asimismo en las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.
Derechos de examen: 28,03 euros.
El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 3 de abril de 2007.

PRUEBAS
Las pruebas de la especialidad de inglés se desarrollarán íntegramente en dicho idioma.

PRUEBA DE CONOCIMIENTO DE CASTELLANO:
De conformidad con lo previsto en el artículo 16.1 del Reglamento aprobado por Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero, con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española y que no tengan como idioma oficial el español, deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

Están exentos de la realización de la prueba a que se refiere el apartado anterior, quienes aleguen, de conformidad con lo dispuesto en las bases, estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:

– Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 21 de octubre, por el que regulan los diplomas de español como lengua extranjera (BOE de 8 de noviembre).

– Certificado de Aptitud en Español para Extranjeros, expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

– Título de licenciado en Filología Hispánica o Románica.

Asimismo estarán exentos los aspirantes que hayan alegado como requisito para el ingreso título emitido por el Estado español y quienes ya hayan superado esta prueba en convocatorias anteriores realizadas por esta Consejería.

Los tribunales calificarán esta prueba de “apto” o “no apto”, siendo necesario obtener la valoración de “apto” para continuar formando parte de los procedimientos selectivos.

FASE DE OPOSICIÓN
Parte A
La parte A tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir docencia. Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante, de entre tres extraído al azar por el tribunal, y posterior lectura en sesión pública ante éste.

Los temarios objeto de examen son los establecidos en el Anexo I de la Orden del Ministerio de Educación Ciencia de 9 de septiembre de 1993 (“Boletín Oficial del Estado” del 21).

Parte B
Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente y consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la elaboración y exposición oral de una unidad didáctica. Además, en la especialidad de Música esta segunda parte incluirá un ejercicio de carácter práctico.

B1) Presentación de una programación didáctica. La programación didáctica hará referencia al currículo vigente en la Comunidad Autónoma de La Rioja de un área, materia o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa, en la que deberán especificarse los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapa educativos en el que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo.

La programación, que necesariamente se ajustará al desarrollo del currículo vigente en la Comunidad Autónoma de La Rioja, se organizará en unidades didácticas, de tal manera que cada una de ellas pueda ser desarrollada completamente en el tiempo asignado para su exposición. En cualquier caso, la programación contendrá un número de unidades didácticas no inferior a 15, y sus contenidos deberán organizarse de conformidad con lo establecido en el Anexo III del BOLR n.º 38, de 22/03/2007 (consultar). La programación, de carácter personal, será elaborada de forma individual por el aspirante. Tendrá una extensión máxima de 60 hojas, sin incluir los materiales de apoyo, en formato DINA4, escritos a doble espacio por una sola cara y con letra tipo arial de 12 puntos sin comprimir. Las unidades didácticas que la compongan deberán ir numeradas.

Se entiende como material de apoyo el material didáctico propuesto en las unidades didácticas, las pruebas e instrumentos de evaluación, los instrumentos organizativos, los anexos o cualquier otra documentación que no forme parte del cuerpo principal del documento.

El currículo vigente en la Comunidad Autónoma de La Rioja para Educación Primaria se encuentra regulado por el Real Decreto 1344/1991, de 6 de septiembre (“Boletín Oficial del Estado” del 13), y para la Educación Infantil, por el Real Decreto 1333/1991, de 6 de septiembre (BOE del 9).

B2) Preparación, exposición y defensa de una unidad didáctica.
- La unidad didáctica será una de las que constituyen la programación presentada por el aspirante, elegida por éste entre tres extraídas al azar por él mismo. En la elaboración de esta unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación.

B3) Ejercicio de carácter práctico.
- En la especialidad de Música los aspirantes deberán realizar, además, un ejercicio de carácter práctico que permita comprobar que los candidatos poseen una formación científica, un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas, materias o módulos propios de especialidad a la que optan, y que se sujetará a las especificaciones contenidas en el anexo III del BOLR n.º 38, de 22/03/2007 (consultar).

FASE DE CONCURSO. Consultar BOE n.º 38, de 22/03/06

PROGRAMAS
Los temarios objeto de examen son los establecidos en el Anexo I de la Orden del Ministerio de Educación Ciencia de 9 de septiembre de 1993 (“Boletín Oficial del Estado” del 21).

MATERIAL PARA LA PREPARACIÓN

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