La Meta Temarios Convocatorias Las pruebas Correo Legislación educativa Servicio Exclusivo Página de inicio
 
 
   Educación Primaria
   Educación Infantil
   Pedagogía Terapéutica
   Audición y Lenguaje
   Educación Física
   Educación Musical
   Inglés
   General y Legislación
   Psicología y Educación
 
 
   Andalucía
   Aragón
   Asturias
   Islas Baleares
   Canarias
   Cantabria
   Castilla La Mancha
   Castilla y León
   Cataluña
   Extremadura
   Galicia
   Madrid
   Murcia
   Navarra
   País Vasco
   La Rioja
   Comun. Valenciana
   Territorio MEC
 
   

Editorial MAD

CONVOCATORIAS
Extremadura

CONVOCATORIA 2007
DOE nº 39, DE 3/04/2007

612 plazas

Consideraciones generales Pruebas
Requisitos Programas
Plazos Material

Consideraciones Generales

Resolución de 28 de marzo de 2007, de la Dirección General de Política Educativa, por la que se convoca procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado cuerpo.

 Especialidad
Plazas
 Audición y Lenguaje
95
 Educación Física
60
 Educación Infantil
100
 Inglés
105
 Música
20
 Pedagogía Terapéutica
105
 Primaria
127

 TOTAL

612

Convocatoria publicada en el DOE n.º 39, de 3/04/07

Requisitos

Requisitos Generales
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación de trabajadores y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español.

b) Tener cumplidos los 18 años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo cuerpo al que se pretende ingresar, salvo que se concurra a los procedimientos para adquisición de nueva especialidad a que se refiere esta convocatoria.

Requisitos específicos:
Además de los requisitos generales que se establecen en el apartado anterior, los aspirantes deberán estar en posesión o haber superado todos los estudios conducentes y haber satisfecho los derechos para su expedición del título de Maestro.

De conformidad con la Disposición adicional undécima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se consideran equivalentes a todos los efectos los títulos de Profesor de Educación General Básica y de Maestro de enseñanza primaria.

En el caso de que dichas titulaciones se hayan obtenido en el extranjero deberá haberse concedido la correspondiente homologación antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, según el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero (BOE de 4 de marzo) y el Real Decreto 1830/2004, de 27 de agosto (BOE de 31 de agosto), o su reconocimiento al amparo de lo establecido por la Directiva 89/48/CEE y el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre.

Requisitos específicos para participar por la reserva de discapacidad:
Podrán participar por esta reserva aquellos aspirantes que, además de reunir los requisitos generales, tengan reconocida con carácter definitivo por los órganos competentes un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, siempre que ello sea compatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.

Plazos

Lugar: las instancias oficiales se presentarán, junto con el resto de la documentación, en los registros de las Direcciones Provinciales de Educación de la Consejería de Educación.

– En Badajoz: Avda. de Europa, 2.
– En Cáceres: Avda. de Miguel Primo de Rivera, 2.

Las solicitudes podrán presentarse asimismo, en las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP-PAC).

En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Derechos de examen: 29,86 € euros.

Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a) Los aspirantes que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para ello deberán presentar fotocopia compulsada del reconocimiento con carácter definitivo de la condición de discapacitado.

b) Los aspirantes que tengan la condición de víctimas del terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho, así como sus hijos. Para ello deberán presentar junto con la solicitud certificado acreditativo de dicha condición.

El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 23 de abril de 2007.

Pruebas
PRUEBA DE CONOCIMIENTO DEL CASTELLANO:
Prueba de acreditación del conocimiento del castellano para los aspirantes que no poseen la nacionalidad española y el conocimiento de dicha lengua no se deduzca de su origen.

De conformidad con lo previsto en el artículo 16.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, con carácter previo a la realización de las pruebas de selección, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento adecuado del castellano, salvo que se deduzca de su origen, mediante la superación de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

Están exentos de la realización de esta prueba, además de aquellos cuyo conocimiento de dicha lengua se deduzca de su origen, quienes estén en posesión del Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 21 de octubre (BOE de 8 de noviembre), por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera, o en posesión del Certificado de Aptitud en Español para Extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas o título de licenciado en Filología Hispánica o Románica y que lo hayan aportado junto con la solicitud o los que hayan superado esta prueba en convocatorias anteriores realizadas por la Consejería de Educación.

Asimismo, estarán exentos de la realización de la citada prueba aquellos aspirantes cuyo título alegado para ingresar en el cuerpo correspondiente haya sido emitido por el Estado español.

La prueba se calificará de “apto” o “no apto”, siendo necesario obtener la valoración de “apto” para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.

PRUEBA DE LA FASE DE OPOSICIÓN
La fase de oposición constará de una única prueba estructurada en dos partes, que no tendrán carácter eliminatorio. El Tribunal sólo hará pública la nota final y global de la prueba.

Los aspirantes deberán realizar ambas partes en su totalidad, excepto en el caso que opten por sustituir la parte B.2 por el informe al que se refiere la presente base. En la especialidad de Inglés todos los ejercicios se desarrollarán en dicho idioma. Igualmente, la programación didáctica deberá presentarse en dicho idioma.

Los que no realicen una de las dos partes o uno de los ejercicios de estas serán excluidos del proceso selectivo.

La prueba y sus dos partes se ajustarán a lo siguiente:

Parte A)
Tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia. Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre tres extraídos al azar por el tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad. Los aspirantes dispondrán de dos horas para la realización de esta parte A).

Esta parte de la prueba se valorará de 0 a 10 puntos.

Parte B)
Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente, y constará de:
– Presentación de una programación didáctica.
– Preparación y exposición de una unidad didáctica.

En el caso de la especialidad de Música, además, habrá un ejercicio de carácter práctico.

B.1) Presentación de la programación didáctica.
La programación didáctica hará referencia al currículo de un área relacionada con la especialidad por la que se participa, en la que deberán especificarse los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como la atención al alumnado con necesidades educativas específicas de apoyo educativo. Dicha programación, que deberá adecuarse a lo indicado en el Anexo IV del DOE n.º 39, de 3/4/07, se corresponderá con un curso académico de unos de los niveles o etapas educativas en el que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo.

El currículo vigente en la Comunidad Autónoma de Extremadura para Educación Primaria se encuentra regulado en el Real Decreto 1344/1991, de 6 de septiembre (BOE del 13) y para la Educación Infantil, por el Real Decreto 1333/1991, de 6 de septiembre (BOE del 9).

La programación didáctica se entregará en el acto de presentación.

B.2) Preparación y exposición de una unidad didáctica.
La unidad didáctica estará relacionada con la programación presentada por el aspirante. El aspirante elegirá la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por el mismo, de su propia programación.

En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación.

Esta parte de la prueba, de conformidad con el artículo 61 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, se podrá sustituir por un informe, previa solicitud del interesado, en el que se valoren los conocimientos de dicho personal acerca de la unidad didáctica, cuando el aspirante cumpla los siguientes requisitos:

– Encontrarse en situación de servicio activo como funcionario interino en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

– Estar desempeñando puesto de trabajo, con nombramiento de interinidad emitido por la Administración educativa competente para todo el curso escolar 2006/2007. A estos efectos, se entenderá que cumplen este requisito quienes se hallen prestando servicios, ininterrumpidamente, al menos, en los 6 meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, así como quienes hubiesen cumplido los requisitos anteriores de no resultar afectados por la situación de excedencia por cuidado de familiares o situaciones asimiladas.
Para hacer efectiva esta opción el aspirante deberá indicarlo expresamente en su solicitud de participación, indicando, igualmente, la Administración Educativa para la que presta los servicios requeridos.

Para más información consultar el DOE n.º 39, de 3/4/07.

B.3) Ejercicio de carácter práctico.

En el caso de la especialidad de Música en la segunda parte se incorporará la realización de un ejercicio de carácter práctico que consistirá en:

1. Componer una pieza musical e instrumental para utilizar en el aula: crear la melodía, la armonización y la instrumentalización a partir de un texto dado por el tribunal.

2. Leer a primera vista un fragmento musical mínimo de 16 compases y máximo de 24 compases, sobre una partitura dada por el Tribunal.

3. Interpretar, con la voz o con un instrumento aportado por el aspirante, un fragmento musical sobre una partitura dada por el Tribunal.

El tiempo del que se dispondrá para su realización será fijado por la Comisión de Selección.

FASE DE CONCURSO. Consultar DOE n.º 39, de 3/04/07

Programas
De conformidad con la Disposición transitoria segunda del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, en estos procedimientos selectivos serán de aplicación los temarios a que se refiere la Orden de 9 de septiembre de 1993 (BOE del 21), exclusivamente en lo referido a la parte “A”, quedando sin vigencia para su aplicación en estos procedimientos selectivos la parte “B” de las citadas Órdenes y de sus modificaciones posteriores.

En el caso de la especialidad de Primaria, se aplicará el temario aprobado por la Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo (BOE núm. 64, de 15 de marzo).

Material para su preparación


Editorial Mad