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Editorial MAD

CONVOCATORIAS
Catalunya


CONVOCATORIA 2007
DOGC n.º 4850, de 27/03/2007

4.490 plazas

En preparación:
Educación Primaria Volumen III
Especial Cataluña
(catalá)

Consideraciones generales Pruebas
Requisitos Programas
Plazos Material para su preparación


CONSIDERACIONES GENERALES


RESOLUCIÓN EDU/825/2007, de 20 de marzo, de convocatoria de pruebas para la provisión de plazas de funcionarios docentes.

Publicado en DOGC núm. 4850 - 27/03/2007.

 Especialidad
Plazas
 Audición y Lenguaje
70
 Pedagogía Terapéutica
300
 Educación Infantil
1.000
 Inglés
400
 Educación Física
400
 Francés
20
 Música
300
 Primaria
2.000

 TOTAL

4.490



REQUISITOS

Requisitos generales

a) Ser español, tener la nacionalidad de otros Estados miembros de la Unión Europea o tener la nacionalidad de cualquiera de los Estados en los que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que se haya definido en el tratado constitutivo de la Unión Europea.

También podrán ser admitidos el cónyuge, los descendientes y los descendientes del cónyuge, tanto de los ciudadanos españoles como de los nacionales de los otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados a los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que se haya definido en el tratado constitutivo de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y, respecto a los descendientes sean menores de veintiún años o mayores de esta edad pero vivan a cargo de sus progenitores.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder, en el momento del nombramiento como funcionario de carrera, la edad establecida para la jubilación forzosa de los funcionarios.

c) Estar en posesión, o reunir las condiciones para la expedición, de alguna de las titulaciones que para cada cuerpo determina esta base. En caso de que la titulación citada se haya obtenido en el extranjero, deberá previamente haberse concedido la correspondiente homologación, o bien el reconocimiento de la titulación para ejercer la profesión de maestro o de profesor de educación secundaria, en ambos casos por parte del Ministerio de Educación y Ciencia.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por ninguna limitación física o psíquica incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes al cuerpo y a la especialidad a la que se opta.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna de las administraciones públicas, ni estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Los aspirantes que participen y se acojan a lo que se establece en el apartado a) de esta base con nacionalidad no española deberán acreditar, igualmente, que no se encuentran sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública, en su Estado de origen.

f) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo cuerpo al que quiere ingresar.

Requisitos específicos para participar por la reserva para aspirantes con discapacidad:

Podrán participar por este procedimiento los aspirantes que, reuniendo las condiciones generales y específicas exigidas para el ingreso en el cuerpo al que optan, tengan reconocida por los órganos competentes una disminución física de grado igual o superior al 33%.

Requisitos específicos para participar por el procedimiento de ingreso libre:
Para participar por el procedimiento de ingreso libre, los aspirantes deberán reunir, además de las condiciones generales, los requisitos siguientes, para el ingreso en el cuerpo de maestros:

Estar en posesión, o reunir las condiciones para su expedición, de alguna de las siguientes titulaciones: maestro, diplomado en profesorado de educación general básica, maestro de enseñanza primaria
.


PLAZOS


• Lugar: las solicitudes de participación deberán dirigirse a la directora general de Recursos Humanos del Departamento de Educación (Vía Augusta, 202-226, 08021 Barcelona), y podrán presentarse:

En los servicios territoriales del Departamento de Educación, cuyas direcciones son:

– Barcelona: Av. Paral•lel, 71-73, 08004 de Barcelona, tlfno. 93.443.95.00.
– Barcelona (comarcas): C. Casp, 15, 08010 de Barcelona, tlfno. 93.481.60.00.
– Baix Llobregat: C. Laureà Miró, 328-330, 08980 de Sant Feliu de Llobregat, tlfno. 93.685.94.50.
– Vallès Occidental: Av. Marquès de Comillas, 67-69, 08202 de Sabadell, tlfno. 93.748.44.53.
– Tarragona: C. Sant Francesc, 7, 43003 de Tarragona, tlfno. 977.25.14.40.
– Lleida: C. Pica d’Estats, 2, 25006 de Lleida, tlfno. 973.27.99.99.
– Girona: C. Ultònia, 13, 17002 de Girona, tlfno. 972.48.30.00.
– Terres de l’Ebre: C. Providència, 5-9, 43500 de Tortosa, tlfno. 977.44.87.11. (04.363.083)

Y, además, en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285, de 27.11.1992), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con las condiciones señaladas por el citado precepto.

• Derechos de examen: 38,80 euros.
Estarán exentos del pago de los derechos de examen los aspirantes en situación de desempleo que no perciban ninguna prestación económica y los jubilados, siempre que lo justifiquen documentalmente. Igualmente estarán exentos de los derechos de examen los aspirantes que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.

• El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 16/04/2007.


PRUEBAS


El procedimiento selectivo empezará el 22 de junio de 2007, en que se realizará la prueba de conocimientos de las dos lenguas oficiales en Cataluña. Este mismo día se hará pública la calificación de esta prueba en el tablón de anuncios de la sede de los respectivos tribunales. El día 23 de junio de 2007, por la mañana, se realizará el acto de presentación ante los tribunales y a continuación se iniciará la fase de oposición. En los procedimientos de ingreso libre y reserva para aspirantes con disminuciones, el inicio de la fase de oposición se hará por la mañana con la realización de la primera parte de la prueba. Las otras partes de la prueba de la fase de oposición se realizarán en días no lectivos y tendrán que haber finalizado el 14 de julio de 2007.

Con anterioridad al 22 de junio de 2007 y siempre con siete días naturales de antelación como mínimo, la Dirección General de Recursos del Sistema Educativo publicará en el DOGC la resolución que declare aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos. En esta resolución tendrán que constar los aspirantes distribuidos por tribunales, así como la fecha, la hora y el lugar donde se realizarán la prueba de conocimientos de las dos lenguas oficiales en Cataluña, el acto de presentación de los aspirantes y el procedimiento selectivo.

Prueba de acreditación del conocimiento de la lengua castellana para los aspirantes que no poseen la nacionalidad española, con carácter previo a la realización de las pruebas, donde se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

Otra prueba de conocimientos de las dos lenguas oficiales en Cataluña, tanto en la expresión oral como en la escrita, mediante una prueba de carácter eliminatorio.
(Para más información, consultar el DOGC n.º 4850, de 27/03/2007).

FASE DE OPOSICIÓN

• Fase de oposición en los procedimientos selectivos de ingreso libre y reserva para aspirantes con disminuciones:

La fase de oposición constará de una única prueba estructurada en dos partes, que no tendrán carácter eliminatorio. El tribunal sólo hará pública la nota final y global de la prueba.

La valoración de los conocimientos específicos de la especialidad docente se llevará a cabo mediante la realización, por parte del aspirante, ante el tribunal, de la prueba dividida en las partes siguientes, según el orden que se menciona a continuación:

Parte A. Tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia. Consistirá en el desarrollo, por escrito, de un tema escogido por el aspirante de entre un número de temas sacados al azar por el tribunal, proporcional al número total de temas del temario de cada especialidad: en aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, se tendrá que escoger entre tres temas.

Para la realización de esta parte A de la prueba los aspirantes dispondrán de dos horas.

Los tribunales convocarán a los aspirantes a la lectura pública ante el tribunal de la parte A escrita de la prueba en el momento que consideren oportuno, antes de realizar la parte B de la prueba.

Esta primera parte A se valorará con una calificación de cero a diez puntos, y tendrá un peso del 40% de la calificación final y global de la prueba.

Parte B. Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica.

En aquellas especialidades que incluyan habilidades instrumentales o técnicas, esta segunda parte incluirá un ejercicio de carácter práctico: música del cuerpo de maestros, y dibujo.

B1) La programación didáctica hará referencia al currículo vigente en Cataluña de un área o materia o módulos relacionados a la especialidad por la que se participa. La programación citada deberá entregarse al tribunal en la fecha que este determine y será defendida ante el tribunal en el momento que el aspirante sea convocado al efecto. En el momento de la defensa el aspirante podrá utilizar un ejemplar de la programación aportada por él mismo.

Las programaciones de las especialidades de idiomas modernos se redactarán íntegramente en el idioma correspondiente. En la elaboración de la unidad didáctica deberán concretar los objetivos de aprendizaje que se pretenden alcanzar, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se plantearán en el aula y las correspondientes actividades y procedimientos de evaluación correspondientes, así como las posibles adaptaciones para la atención al alumnado con necesidades educativas específicas.

B2) Preparación, exposición y, en su caso, defensa de una unidad didáctica.

La preparación y exposición oral, ante el tribunal, de una unidad didáctica, estará relacionada con la programación presentada por el aspirante. El aspirante escogerá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación.

En la elaboración de la mencionada unidad didáctica se tendrán que concretar los objetivos de aprendizaje que se pretenden alcanzar, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se plantearán en el aula y los procedimientos de evaluación correspondientes, así como las posibles adaptaciones para la atención del alumnado con necesidades educativas específicas.

En las especialidades de educación especial y de audición y lenguaje del cuerpo de maestros la programación consistirá en un plan de actuación propio de la especialidad, tomando como referencia las funciones atribuidas a los maestros de estas especialidades.

El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica durante la cual podrá consultar el material que crea oportuno, sin posibilidad de conexión con el exterior.

Para la exposición de la unidad didáctica el aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno, así como un guión que no excederá de un folio y que será entregado al tribunal en el momento de finalizar la exposición.

El aspirante dispondrá de un periodo máximo de 45 minutos para la defensa oral de la programación, la exposición de la unidad didáctica y posterior debate ante el tribunal, con la siguiente distribución máxima del tiempo disponible: 20 minutos para la defensa oral de la programación, 20 minutos para la exposición oral de la unidad didáctica, si procede, y 5 minutos para el debate ante el tribunal.

Finalizada la exposición el tribunal podrá plantear preguntas o cuestiones al candidato en relación con el contenido de su intervención y la contextualización en situaciones concretas de aula o de contenido práctico.

Los tribunales calificarán esta prueba globalmente de cero a diez puntos.

B3) Ejercicio de carácter práctico. En el caso de la especialidad de música del cuerpo de maestros, incorporará la realización de un ejercicio de carácter práctico, que permita comprobar que los candidatos tienen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas o materias propias de la especialidad docente.

El ejercicio consistirá en una interpretación vocal de una canción facilitada por el tribunal. El aspirante tendrá veinte minutos para preparar la pieza que será interpretada dos veces sin acompañamiento de instrumento; la segunda vez, además de la interpretación, deberá acompañarse con un gesto que indique la entrada, la pulsación, el carácter y el final de la canción. Se podrá disponer de un diapasón aportado por el aspirante.

Del mismo modo, se puede presentar un informe de valoración de los conocimientos relacionados con la unidad didáctica. El ejercicio sobre la preparación y exposición oral de una unidad didáctica ante el tribunal podrá ser sustituido, a petición del aspirante, por un informe que valore sus conocimientos relacionados con la unidad didáctica, que permitan comprobar la aptitud pedagógica del aspirante y el dominio de las técnicas de trabajo docente.

FASE DE CONCURSO

Consultar DOGC n.º 4850, de 27/03/2007.


PROGRAMAS


En los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los cuerpos de funcionarios docentes serán de aplicación los temarios a que se refieren los anexos de las órdenes que se relacionan a continuación:

a) Anexo 1 de la Orden de 9 de septiembre de 1993 (BOE núm. 226, de 21.9.1993), con respecto a las especialidades de audición y lenguaje, educación especial, pedagogía terapéutica, educación infantil, educación primaria, inglés, educación primaria, música, educación primaria, francés del cuerpo de maestros.

b) Anexo de la Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo (BOE núm. 64, de 15.3.2007), por la que se aprueba el temario que debe regir en el procedimiento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades, para la especialidad de primaria del cuerpo de maestros, regulada por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.

De acuerdo con lo previsto en la disposición transitoria 2.3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, al temario de la especialidad de primaria del cuerpo de maestros se añaden tres temas relacionados con la lengua catalana y literatura, que cuentan como números 26, 27 y 28 y que quedan redactados de la forma siguiente:

Tema 26. El área de lengua catalana y literatura en la educación primaria: enfoque y características. Contribución del área al desarrollo de las competencias básicas. Objetivos, contenidos y criterios de evaluación. Relación con otras áreas del currículo.

Tema 27. La literatura catalana en el contexto escolar. Manifestaciones literarias más importantes aplicadas a la educación primaria. Técnicas y estrategias de utilización de la literatura infantil. La biblioteca escolar como recurso didáctico en la educación literaria.

Tema 28. El ámbito de lenguas en la educación primaria: enseñanza integrada. Transferencia de conocimientos de una lengua en otra. Contribución desde las áreas lingüísticas a la consecución de la competencia plurilingüe e intercultural.

c) Anexo III de la Orden de 9 de septiembre de 1993 (BOE núm. 226, de 21.9.1993), para las especialidades de alemán, inglés, biología y geología, física y química, latín, griego, dibujo, educación física, francés, geografía e historia, lengua castellana y literatura, matemáticas, música, psicología y pedagogía y tecnología del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

d) Anexo de la Orden de 16 de marzo de 1995 (DOGC núm. 2031, de 29.3.1995) con respecto a la especialidad de lengua catalana y literatura del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.

e) Anexo 1 de la Orden de 1 de febrero de 1996 (BOE núm. 38, de 13.2.1996), para la especialidad de economía del cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.


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