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CONSIDERACIONES GENERALES
Se convocan procedimientos selectivos, mediante el sistema de
concurso oposición, para cubrir plazas de funcionarios docentes
de los cuerpo de maestros en Cataluña, y cuyo desglose es
el siguiente:
REQUISITOS
Requisitos
generales
a) Ser
español, o nacional de otros estados miembros de la
Unión Europea o nacional de algún Estado en el que
sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE del Parlamento
Europeo sobre libre circulación de trabajadores y la norma
que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico
español.
También podrán ser admitidos el cónyuge, los
descendientes y los descendientes del cónyuge, tanto de
los ciudadanos españoles como de los nacionales de los otros
estados miembros de la Unión Europea o de los estados en
los que, en virtud de tratados internacionales suscritos por la
Unión Europea y ratificados por el Estado español,
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
cuando así lo prevea el correspondiente tratado, sea cual
sea su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén
separados de derecho y, con respecto a los descendientes, sean
menores de veintiún años o mayores de esta edad
pero vivan a cargo de sus progenitores.
b) Tener dieciocho años cumplidos y no exceder, en el momento
del nombramiento como funcionario de carrera, la edad establecida
para la jubilación con carácter general.
c) Estar en posesión, o reunir las condiciones para la expedición,
de alguna de las titulaciones que para cada cuerpo determina
esta base.
d) No sufrir ninguna enfermedad ni estar afectado por ninguna
limitación
física o psíquica incompatible con el ejercicio
de las funciones correspondientes al cuerpo y a la especialidad
a
que se opta.
e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de ninguna de las administraciones públicas, ni
encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
f) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente
del correspondiente nombramiento del mismo cuerpo al que quiere
ingresar.
Requisitos
específicos para participar por el procedimiento
de ingreso libre.
Con
el fin de participar por el procedimiento de ingreso libre, los
aspirantes tendrán que reunir, además
de las condiciones generales, los requisitos
siguientes:
Para
el ingreso en el cuerpo de maestros
Estar en posesión, o reunir las condiciones para su expedición,
de alguna de las titulaciones siguientes: maestro, o el título
de grado correspondiente. De acuerdo con lo que establece la disposición
adicional undécima de la Ley orgánica de educación,
el título de profesor de educación general básica
y el título de maestro de enseñanza
primaria son equivalentes al de maestro a efectos
de docencia.
Cupo
de reserva para personas con discapacidad
Además podrán participar por este procedimiento los
aspirantes que, reuniendo las condiciones generales y específicas
exigidas para el ingreso al cuerpo al que optan, tengan reconocidos
por los órganos competentes una disminución física
de grado igual o superior al 33%.
PLAZOS
Lugar: a través de la página de Internet del Departamento de Educación:
http://www20.gencat.cat/portal/site/Educacio (Seguir el itinerario: Servicios
y trámites| Oposiciones y concursos| Personal docente| Ingreso y acceso
a cuerpos docentes| Convocatoria 2008) los aspirantes tendrán a su disposición
la solicitud telemática que tendrán que formalizar mediante procedimiento
telemático.
Asimismo
también se considerará presentada ante la Administración
aquella solicitud en papel que se presente en cualquiera de los lugares que prevé el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285,
de 27.11.1992), de régimen jurídico de las administraciones públicas
y del procedimiento administrativo común.
• Derechos
de examen:
– Cuerpo: maestros: 40,40 euros.
Las
personas que tramiten por medios telemáticos
la inscripción
tienen una bonificación del 20% en el pago de estas tasas, de acuerdo
con el artículo 34 de la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas
y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, modificada
por la Ley 5/2007, de 4 de julio, de medidas fiscales y financieras (DOGC
núm. 4920, de 6.7.2007).
Además, las personas miembros de familias numerosas de categoría
general tienen una bonificación adicional del 30% sobre las tasas
y las personas miembros de familias numerosas de categoría especial
una bonificación
adicional del 50%. Estarán
exentos de los derechos de participación
los aspirantes que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.También
estarán
exentos del pago de los derechos de participación los aspirantes
en situación
de desempleo que no perciban ninguna prestación económica
y los jubilados, siempre que lo justifiquen documentalmente.
Igualmente,
los aspirantes que se encuentren en situación de jubilación,
a los efectos de quedar exentos del pago de la tasa de inscripción,
tendrán
que acreditar documentalmente esta circunstancia que tendrá que
ser emitida por el órgano competente.
•
El plazo de presentación de solicitudes está abierto
hasta el 31/03/2008.
PRUEBAS
El
proceso selectivo constará de una fase de concurso y de
una fase de oposición.
Con
carácter previo a la realización de las pruebas
los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización
de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel
adecuado de comprensión y expresión oral y escrita
en esta lengua, salvo que las pruebas selectivas impliquen por
sí mismas la demostración de dicho conocimiento.
Más información en el DOGC n.º 5088, de 11/03/2008. También hay una prueba de conocimientos de las dos lenguas
oficiales en Cataluña, tanto en la expresión
oral como en la escrita.
Más información en el DOGC n.º 5088,
de 11/03/2008.
La
fase de oposición constará de una única
prueba estructurada en dos partes, que no tendrán carácter
eliminatorio.
La
valoración de los conocimientos específicos de
la especialidad docente se llevará a cabo mediante la realización
por parte del aspirante, ante el tribunal, de la prueba dividida
en las partes siguientes, según la orden que se menciona
a continuación:
1.
Parte A.
Tendrá por objeto la demostración de conocimientos
específicos necesarios para impartir la docencia. Consistirá en
el desarrollo, por escrito, de un tema escogido por el aspirante
de entre un número de temas sacados al azar por el tribunal,
proporcional al número total de temas del temario
de cada especialidad atendiendo los siguientes criterios:
a) En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas,
se tendrá que escoger de entre tres temas.
b) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e
inferior a 51 temas, se tendrá que escoger de entre cuatro temas.
c) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, se
tendrá que escoger de entre cinco temas.
2.
Parte B.
Tendrá por objeto la comprobación
de la aptitud pedagógica
del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias
para el ejercicio docente. Consistirá en la presentación
de una programación
didáctica y en la preparación y exposición
oral de una unidad didáctica.
En
aquellas especialidades que incluyan habilidades instrumentales
o técnicas,
esta segunda parte incluirá un ejercicio de carácter
práctico.
Este ejercicio se realizará en las especialidades que
se mencionan a continuación:
– Cuerpo de maestros: educación primaria, música.
B.1) Presentación de una programación didáctica.
La programación didáctica incluirá la planificación
del currículo de un área, materia, crédito o módulo
relacionados con la especialidad para la que se participa, en la que se tendrán
que especificar los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología,
así como la atención al alumnado con necesidades específicas
de apoyo educativo y, si es el caso, las competencias que se desarrollan. Esta
programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los
niveles o etapas educativas en que el profesorado de la especialidad tenga atribuido
competencia docente para impartirlo.
B.2) Preparación, exposición y, en su caso, defensa de una unidad didáctica.
La preparación y exposición oral, ante el tribunal,
de una unidad didáctica, estará relacionada con la
programación presentada
por el aspirante. El aspirante escogerá el contenido
de la unidad didáctica
de entre tres extraídas al azar por él mismo,
de su propia programación.
En
la elaboración
de la mencionada unidad didáctica
se tendrán
que concretar los objetivos de aprendizaje que se pretenden
alcanzar, sus contenidos, las actividades de enseñanza y
aprendizaje que se plantearán en
el aula y los procedimientos de evaluación correspondientes,
y también,
si es el caso, las competencias que se desarrollan, así como
las posibles adaptaciones para la atención del alumnado
con necesidades educativas específicas y su elaboración
se ajustará a lo que se dispone
en el anexo 3.
En
las especialidades de educación
especial y de audición y lenguaje
del cuerpo de maestros la programación consistirá en
un plan de actuación propio de la especialidad, tomando
como referencia las funciones atribuidas a los maestros de
estas especialidades.
B.3) Ejercicio de carácter práctico. En el caso de especialidades que
incluyan habilidades instrumentales o técnicas esta segunda parte incorporará la
realización de un ejercicio de carácter práctico, que permita
comprobar que los candidatos tienen una formación científica y
un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas,
materias o créditos propios de las especialidades
docentes en las cuales optan.
Informe
de valoración de los conocimientos relacionados con la
unidad didáctica. El
ejercicio B.2) sobre la preparación y exposición oral de una
unidad didáctica ante el tribunal podrá ser sustituido, a petición
del aspirante, por un informe que valore sus conocimientos relacionados con la
unidad didáctica, que permitan comprobar la aptitud pedagógica
del aspirante y el dominio de las técnicas de trabajo docente. Más
información en el DOGC n.º 5088, de 13/03/2008. Fase de concurso.
Consultar DOGC n.º 5088, de 13/03/2008.
PROGRAMAS
En
los procedimientos selectivos de ingreso y acceso a los cuerpos
de funcionarios docentes serán de aplicación la parte
A de los temarios a que se refieren los anexos de las órdenes
que se relacionan a continuación:
a) Anexo 1 de la Orden de 9 de septiembre de 1993 (BOE núm.
226, de 21.9.1993), con respecto a las especialidades de audición
y lenguaje, educación especial, pedagogía terapéutica,
educación infantil, educación primaria, inglés,
educación primaria, música, educación primaria,
francés del cuerpo de maestros.
b) Anexo de la Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo (BOE núm.
64, de 15.3.2007), por la que se aprueba el temario que ha
regir en el procedimiento de ingreso, acceso y adquisición
de nuevas especialidades, para la especialidad de primaria
del cuerpo
de maestros, regulada por el Real decreto, de 23 de febrero.
De
acuerdo con el previsto en la disposición transitoria
2.3 del Real decreto 276/2007, de 23 de febrero, al temario
de la especialidad de primaria del cuerpo de maestros se
añaden
tres temas relacionados con la lengua catalana y literatura,
que cuentan como números 26, 27 y 28 y que quedan
redactados de la manera siguiente:
26. El área de lengua catalana y literatura en la educación primaria:
enfoque y características. Contribución del área al desarrollo
de las competencias básicas. Objetivos, contenidos y criterios de evaluación.
Relación con otras áreas del currículo.
27. La literatura catalana en el contexto escolar. Manifestaciones
literarias más
importantes aplicadas a la educación primaria. Técnicas y estrategias
de utilización de la literatura infantil. La biblioteca escolar como recurso
didáctico en la educación literaria.
28. El ámbito de lenguas en la educación primaria: enseñanza
integrada. Transferencia de conocimientos de una lengua en otra. Contribución
desde las áreas lingüísticas a la consecución de la
competencia plurilingüe e intercultural.
MATERIAL PARA SU PREPARACIÓN
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