CONSIDERACIONES
GENERALES
Se
convocan pruebas selectivas para cubrir, en la Comunidad Autónoma
de Cantabria, 205 plazas para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.
Se
reservan 10 plazas del total de las plazas ofertadas, para ser
cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas
con discapacidad.
En
esta convocatoria, las no cubiertas en dicho turno, sea cual sea
el porcentaje de personas con discapacidad que las superen, se
acumularán al turno libre.
En
el supuesto de que éstas no sean cubiertas ni se alcanzase
la tasa del 3% de las plazas convocadas, las no cubiertas se acumularán
al cupo del 5% de la oferta siguiente del Cuerpo de Maestros con
un límite máximo del 10%.
El
desglose por especialidades es el siguiente
Convocatoria
publicada en el BOC n.º 60 de 30/03/05.
REQUISITOS
A) Ser
español o nacional de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado al que, en virtud de los Tratados Internaciones celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los
españoles, de los nacionales de los demás Estados
miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún
Estado al que, en virtud de los Tratados internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores,
siempre que no estén separados de derecho, así como
sus descendientes y los del cónyuge menores de 21 años
o mayores de dicha edad, que vivan a sus expensas.
B) Tener
cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad
establecida, con carácter general, para la jubilación.
C) No
padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física
o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones
correspondientes al Cuerpo y especialidad a que se opta.
D) No
haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
Los
aspirantes a que se refiere el punto A) de este apartado, cuya
nacionalidad no sea la española, deberán acreditar
igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o
condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública mediante certificado expedido por la Embajada correspondiente.
E) No
ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente
del correspondiente nombramiento, del mismo Cuerpo al que se pretenda
ingresar, salvo que se concurra a los procedimientos para la adquisición
de nueva especialidad a que se refiere el Título II de esta
convocatoria.
F) Estar
en posesión de alguno de los siguientes títulos:
*
Maestro/a.
* Diplomado/a en Profesorado de Educación General Básica.
* Maestro/a de Primera Enseñanza.
En
el caso de que dichas titulaciones se hayan obtenido en el extranjero
deberá haberse concedido la correspondiente homologación.
Requisitos
específicos para participar por la reserva de discapacidad
acreditada:
Podrán
participar por este procedimiento, aquellos aspirantes que, además
de reunir las condiciones generales y específicas exigidas
para ingreso libre en cada uno de los cuerpos convocados, tengan
reconocida por los órganos competentes, una discapacidad,
cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33 por
100, siempre que ello no sea incompatible con el ejercicio de la
docencia.
PLAZOS
• LUGAR: la
instancia se presentará en el Registro auxiliar de la Consejería
de Educación, ubicado en la calle Vargas n.º 53, CP
39010 de Santander.
• DERECHOS
DE EXAMEN: 25,01 euros.
Estarán exentos del pago de esta tasa: las personas que se encuentren
en situación de desempleo que acreditarán con la presentación
de la cartilla de demandante de empleo, expedida con un mes de antelación
a la fecha de la convocatoria del concurso-oposición, como mínimo.
• El
plazo de presentación de solicitudes está abierto
hasta el 19 de abril de 2005.
PRUEBAS
PRUEBA
CONOCIMIENTO DE CASTELLANO:
Prueba de acreditación del conocimiento del castellano para los aspirantes
que no poseen la nacionalidad española y el conocimiento de dicha lengua
no se deduzca de su origen.
De
conformidad con lo previsto en el artículo 16 del Real Decreto
334/2004, de 27 de febrero, con carácter previo a la realización
de las pruebas de selección, los aspirantes que no posean
la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento
adecuado del castellano, salvo que se deduzca de su origen, mediante
la superación de una prueba en la que se comprobará que
poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión
oral y escrita en esta lengua.
Están
exentos de la realización de esta prueba, además
de aquellos cuyo conocimiento de dicha lengua se deduzca de su
origen, quienes estén en posesión del Diploma Superior
de Español como Lengua Extranjera establecido por el Real
Decreto 1137/2002, de 21 de octubre (BOE de 8 de noviembre).
La
prueba se calificará de “apto” o “no apto”,
siendo necesario obtener la valoración de “apto” para
pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.
• FASE
DE OPOSICIÓN
En la fase de oposición de los procedimientos selectivos de los Cuerpos
que imparten docencia se tendrá en cuenta la posesión de conocimientos
específico necesarios para impartir la docencia, la aptitud pedagógica
y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Cada
una de las pruebas de la fase de oposición tendrá carácter
eliminatorio.
Primera
Prueba. Tendrá por objeto la
demostración de conocimientos específicos necesarios
para impartir la docencia. Constará de dos partes
que se valorarán conjuntamente:
Primera
parte: prueba de contenido de carácter práctico
en la que se comprobará que los candidatos poseen una
formación científica y un dominio de las técnicas
de trabajo precisas para impartir las áreas propias de
la especialidad a la que opten (consultar anexo VI en el BOC
n.º 60, de 30/03/05).
Segunda
parte: esta segunda parte consistirá en el desarrollo
por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre dos
extraídos al azar por el Tribunal de los correspondientes
al temario de la especialidad. La duración máxima
será de dos horas. Las pruebas correspondientes al Idioma
Inglés, se realizarán en el idioma correspondiente.
Segunda
Prueba. La segunda prueba, que tendrá por
objeto la comprobación de la aptitud pedagógica
del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias
para el ejercicio docente, consistirá en la presentación
de su programación didáctica y en la elaboración
y exposición oral de una unidad didáctica:
A) La
programación didáctica de carácter personal
y elaborada de forma individual se corresponderá con las
características siguientes:
-
En Educación Física, Música, e Inglés,
la programación estará referida al desarrollo del
currículum de la especialidad para un año académico
en relación con un curso de Educación Primaria, elegido
por el candidato. En el caso de Inglés la Programación
se situará a partir del segundo ciclo. En las tres especialidades
será necesario situar el área en el conjunto de la
Educación Primaria, e incluir referencias a la planificación
general del centro educativo.
Deberá organizarse
en un mínimo de 12 unidades didácticas, que estarán
numeradas.
-
En Educación Infantil, la programación estará referida
al desarrollo del currículum, para un curso de Educación
Preescolar o Infantil, elegido por el candidato. Deberá organizarse
en un mínimo de 12 unidades didácticas, que estarán
numeradas.
-
En la especialidad de Pedagogía Terapéutica, la programación
estará referida al desarrollo de un programa de actuación
para un año académico y un curso de Educación
Infantil o Primaria, elegido por el candidato. Se desarrollará un
supuesto concreto de entre el alumnado con necesidades educativas
especiales, que deberá basarse en las necesidades de un
alumno o pequeño grupo de ellos, teniendo como referencia
el contexto escolar, y los planteamientos educativos del aula al
que pertenece y el centro. Deberá organizarse en un mínimo
de 12 unidades didácticas, preferentemente de las áreas
instrumentales, que estarán numeradas.
-
En la especialidad de Audición y Lenguaje, la programación
estará referida a desarrollo de un programa de actuación
para un año académico y un curso de Educación
Infantil o Primaria, elegido por el candidato. Se desarrollará un
supuesto concreto de entre el alumnado con necesidades educativas
especiales, y/o que tenga graves retrasos de la comunicación
y del lenguaje, que deberá basarse en las necesidades de
uno o unos alumnos, teniendo como referencia el contexto escolar
y los planteamientos educativos del aula al que pertenecen y del
centro. Deberá organizarse en un mínimo de 12 unidades
didácticas, que deberán estar numeradas.
-
La programación didáctica en la especialidad de idioma
extranjero inglés, deberá redactarse en el idioma
correspondiente.
Cualquier
programación didáctica deberá estar referida
y contextualizada a la realidad de nuestra Comunidad Autónoma.
Deberá contener
como mínimo los siguientes apartados:
-
Contexto, centro y aula.
- Objetivos.
- Contenidos.
- Relación numerada de las unidades didácticas o intervenciones,
en su caso.
- Orientaciones didácticas y aspectos metodológicos.
- Criterios de evaluación.
- Tratamiento de la atención a la diversidad.
- Recursos materiales y bibliográficos del aula.
B) La
elaboración y exposición oral ante el Tribunal de
una unidad didáctica, estará relacionada con la programación
presentada por el aspirante, o elaborada a partir del temario oficial
de la especialidad a elección del opositor.
Tanto
en el primero como en el segundo caso, el aspirante elegirá el
contenido de la unidad didáctica de un tema de entre tres
extraídos por sorteo de su propia programación o
del temario oficial de la especialidad. En la elaboración
de la citada unidad didáctica deberán concretarse
al menos los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella,
sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje
que se van a plantear en el aula, los planteamientos metodológicos,
los procedimientos y criterios de evaluación, los recursos
materiales y la organización de espacios y tiempos.
La
programación y la posterior defensa de la misma, así como
de la unidad didáctica deberán realizarse en el idioma
correspondiente cuando se trate de aspirantes a especialidades
de idiomas.
• FASE
DE CONCURSO. Consultar BOC n.º 60, de 30/03/05.
PROGRAMAS
En
dicho procedimiento selectivo serán de aplicación
los temarios a que se refieren la Orden de 9 de septiembre de 1993,
del Ministerio de Educación y Ciencia (BOE de 21 de septiembre),
exclusivamente en lo referido a la parte “A”, quedando
sin vigencia para su aplicación en estos procedimientos
selectivos la parte “B” en la citada Orden.
También
podrán ser consultados en la página:
http://www.oposicion-primaria.com/temarios.html
MATERIAL
PARA LA PREPARACIÓN
¿Cómo
preparar la encerrona
de las oposiciones a Maestros 2005?
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