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Editorial MAD

CONVOCATORIAS
Cantabria

CONVOCATORIA 2005
BOCAN nº 60 de 30/03/2005

205 plazas


CONSIDERACIONES GENERALES PRUEBAS
REQUISITOS PROGRAMAS
PLAZOS MATERIAL

CONSIDERACIONES GENERALES

Se convocan pruebas selectivas para cubrir, en la Comunidad Autónoma de Cantabria, 205 plazas para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.

Se reservan 10 plazas del total de las plazas ofertadas, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad.

En esta convocatoria, las no cubiertas en dicho turno, sea cual sea el porcentaje de personas con discapacidad que las superen, se acumularán al turno libre.

En el supuesto de que éstas no sean cubiertas ni se alcanzase la tasa del 3% de las plazas convocadas, las no cubiertas se acumularán al cupo del 5% de la oferta siguiente del Cuerpo de Maestros con un límite máximo del 10%.

El desglose por especialidades es el siguiente

 205 PLAZAS AL CUERPO DE MAESTROS
 ESPECIALIDAD
PLAZAS
30
95
17
30
 Música
11
 Pedagogía Terapéutica
22
 TOTAL
205

Convocatoria publicada en el BOC n.º 60 de 30/03/05.

REQUISITOS

A) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internaciones celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge menores de 21 años o mayores de dicha edad, que vivan a sus expensas.

B) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.

C) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo y especialidad a que se opta.

D) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

Los aspirantes a que se refiere el punto A) de este apartado, cuya nacionalidad no sea la española, deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública mediante certificado expedido por la Embajada correspondiente.

E) No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento, del mismo Cuerpo al que se pretenda ingresar, salvo que se concurra a los procedimientos para la adquisición de nueva especialidad a que se refiere el Título II de esta convocatoria.

F) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:

* Maestro/a.
* Diplomado/a en Profesorado de Educación General Básica.
* Maestro/a de Primera Enseñanza.

En el caso de que dichas titulaciones se hayan obtenido en el extranjero deberá haberse concedido la correspondiente homologación.

Requisitos específicos para participar por la reserva de discapacidad acreditada:

Podrán participar por este procedimiento, aquellos aspirantes que, además de reunir las condiciones generales y específicas exigidas para ingreso libre en cada uno de los cuerpos convocados, tengan reconocida por los órganos competentes, una discapacidad, cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33 por 100, siempre que ello no sea incompatible con el ejercicio de la docencia.

PLAZOS

LUGAR: la instancia se presentará en el Registro auxiliar de la Consejería de Educación, ubicado en la calle Vargas n.º 53, CP 39010 de Santander.

DERECHOS DE EXAMEN: 25,01 euros.
Estarán exentos del pago de esta tasa: las personas que se encuentren en situación de desempleo que acreditarán con la presentación de la cartilla de demandante de empleo, expedida con un mes de antelación a la fecha de la convocatoria del concurso-oposición, como mínimo.

El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 19 de abril de 2005.

PRUEBAS

PRUEBA CONOCIMIENTO DE CASTELLANO:
Prueba de acreditación del conocimiento del castellano para los aspirantes que no poseen la nacionalidad española y el conocimiento de dicha lengua no se deduzca de su origen.

De conformidad con lo previsto en el artículo 16 del Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero, con carácter previo a la realización de las pruebas de selección, los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento adecuado del castellano, salvo que se deduzca de su origen, mediante la superación de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

Están exentos de la realización de esta prueba, además de aquellos cuyo conocimiento de dicha lengua se deduzca de su origen, quienes estén en posesión del Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 21 de octubre (BOE de 8 de noviembre).

La prueba se calificará de “apto” o “no apto”, siendo necesario obtener la valoración de “apto” para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.

FASE DE OPOSICIÓN
En la fase de oposición de los procedimientos selectivos de los Cuerpos que imparten docencia se tendrá en cuenta la posesión de conocimientos específico necesarios para impartir la docencia, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Cada una de las pruebas de la fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.

Primera Prueba. Tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia. Constará de dos partes que se valorarán conjuntamente:

Primera parte: prueba de contenido de carácter práctico en la que se comprobará que los candidatos poseen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas propias de la especialidad a la que opten (consultar anexo VI en el BOC n.º 60, de 30/03/05).

Segunda parte: esta segunda parte consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre dos extraídos al azar por el Tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad. La duración máxima será de dos horas. Las pruebas correspondientes al Idioma Inglés, se realizarán en el idioma correspondiente.

Segunda Prueba. La segunda prueba, que tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente, consistirá en la presentación de su programación didáctica y en la elaboración y exposición oral de una unidad didáctica:

A) La programación didáctica de carácter personal y elaborada de forma individual se corresponderá con las características siguientes:

- En Educación Física, Música, e Inglés, la programación estará referida al desarrollo del currículum de la especialidad para un año académico en relación con un curso de Educación Primaria, elegido por el candidato. En el caso de Inglés la Programación se situará a partir del segundo ciclo. En las tres especialidades será necesario situar el área en el conjunto de la Educación Primaria, e incluir referencias a la planificación general del centro educativo.

Deberá organizarse en un mínimo de 12 unidades didácticas, que estarán numeradas.

- En Educación Infantil, la programación estará referida al desarrollo del currículum, para un curso de Educación Preescolar o Infantil, elegido por el candidato. Deberá organizarse en un mínimo de 12 unidades didácticas, que estarán numeradas.

- En la especialidad de Pedagogía Terapéutica, la programación estará referida al desarrollo de un programa de actuación para un año académico y un curso de Educación Infantil o Primaria, elegido por el candidato. Se desarrollará un supuesto concreto de entre el alumnado con necesidades educativas especiales, que deberá basarse en las necesidades de un alumno o pequeño grupo de ellos, teniendo como referencia el contexto escolar, y los planteamientos educativos del aula al que pertenece y el centro. Deberá organizarse en un mínimo de 12 unidades didácticas, preferentemente de las áreas instrumentales, que estarán numeradas.

- En la especialidad de Audición y Lenguaje, la programación estará referida a desarrollo de un programa de actuación para un año académico y un curso de Educación Infantil o Primaria, elegido por el candidato. Se desarrollará un supuesto concreto de entre el alumnado con necesidades educativas especiales, y/o que tenga graves retrasos de la comunicación y del lenguaje, que deberá basarse en las necesidades de uno o unos alumnos, teniendo como referencia el contexto escolar y los planteamientos educativos del aula al que pertenecen y del centro. Deberá organizarse en un mínimo de 12 unidades didácticas, que deberán estar numeradas.

- La programación didáctica en la especialidad de idioma extranjero inglés, deberá redactarse en el idioma correspondiente.

Cualquier programación didáctica deberá estar referida y contextualizada a la realidad de nuestra Comunidad Autónoma.

Deberá contener como mínimo los siguientes apartados:

- Contexto, centro y aula.
- Objetivos.
- Contenidos.
- Relación numerada de las unidades didácticas o intervenciones, en su caso.
- Orientaciones didácticas y aspectos metodológicos.
- Criterios de evaluación.
- Tratamiento de la atención a la diversidad.
- Recursos materiales y bibliográficos del aula.

B) La elaboración y exposición oral ante el Tribunal de una unidad didáctica, estará relacionada con la programación presentada por el aspirante, o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad a elección del opositor.

Tanto en el primero como en el segundo caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos por sorteo de su propia programación o del temario oficial de la especialidad. En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse al menos los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula, los planteamientos metodológicos, los procedimientos y criterios de evaluación, los recursos materiales y la organización de espacios y tiempos.

La programación y la posterior defensa de la misma, así como de la unidad didáctica deberán realizarse en el idioma correspondiente cuando se trate de aspirantes a especialidades de idiomas.

FASE DE CONCURSO. Consultar BOC n.º 60, de 30/03/05.

PROGRAMAS

En dicho procedimiento selectivo serán de aplicación los temarios a que se refieren la Orden de 9 de septiembre de 1993, del Ministerio de Educación y Ciencia (BOE de 21 de septiembre), exclusivamente en lo referido a la parte “A”, quedando sin vigencia para su aplicación en estos procedimientos selectivos la parte “B” en la citada Orden.

También podrán ser consultados en la página:

http://www.oposicion-primaria.com/temarios.html

 

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