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Editorial MAD

CONVOCATORIAS
Castilla y León

CONVOCATORIA 2005
BOCYL n.º 78 de 25/04/2005

942 PLAZAS


CONSIDERACIONES GENERALES PRUEBAS
REQUISITOS PROGRAMAS
PLAZOS MATERIAL

CONSIDERACIONES GENERALES

En el BOC y L n.º 78 de 25/4/2005, se ha publicado ORDEN PAT/489/2005, de 22 de abril, por la que se convocan 942 plazas para el acceso al Cuerpo de Maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado Cuerpo.

Distribución por especialidades de las plazas:

 ESPECIALIDAD
TOTAL
151
104
311
198
 Educación Física
113
 Música
65
 TOTAL
942

REQUISITOS

a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

De conformidad con la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea en su redacción dada por la Ley 55/1999, de 20 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, también podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siembre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de 21 años o mayores de esa edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.

c) Estar en posesión o en condiciones de que les sea expedido alguno de los siguientes títulos:

– Maestro/a.
– Diplomado/a en Profesorado de Educación General Básica.
– Maestro/a de Primera Enseñanza.

En caso de que el título alegado haya sido obtenido en el extranjero, el solicitante deberá poseer la credencial que acredite su homologación conforme al Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión de Maestro/a en aplicación de lo dispuesto en la Directiva 89/48/CEE y el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre.

d) No padecer enfermedad o limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo y especialidad a que se opta.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el desempeño de funciones públicas.

Los aspirantes a que se refiere el punto a) de este apartado cuya nacionalidad no sea la española, deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

f) No ser funcionario de carrera o en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del Cuerpo de Maestros, salvo que se concurra al procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades a que se refieren las bases decimocuarta y siguientes de esta convocatoria.

Requisitos específicos para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, los aspirantes que no posean la nacionalidad española, para ser admitidos al procedimiento selectivo, deberán acreditar, además de los requisitos generales, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Requisitos específicos para participar por la reserva de personas con discapacidad.
Podrán participar por esta reserva aquellos aspirantes que, además de reunir los requisitos generales, tengan reconocida por el órgano competente una minusvalía igual o superior al 33 por ciento, siempre que ello no sea incompatible con el ejercicio de la docencia.

La opción por esa reserva habrá de formularse en la solicitud de participación, con declaración expresa de reunir la condición exigida al respecto, que se acreditará, si obtuviera plaza, mediante certificación del órgano mencionado anteriormente.

 

PLAZOS

LUGAR: las instancias se presentarán en la Dirección Provincial de Educación de la provincia donde se realicen los procedimientos selectivos de la especialidad a la que se opte.
Direcciones provinciales:

– Burgos C/ Vitoria, 17 (09004).
– León C/ Jesús Rubio, 4 (24004).
– Salamanca C/ Gran Vía, 55 (37001).
– Segovia C/ José Zorrilla, 38 (40001).
– Soria C/ Santa Teresa de Jesús s/n (42001).
– Valladolid C/ Jesús Rivero Meneses, 2 (47014).

DERECHOS DE EXAMEN: 21,80 €. Estarán exentos del pago de esta tasa, de acuerdo con la Ley 21/2001, de 20 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad de Castilla y León, las personas que acrediten la condición de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 16 de mayo de 2005.

PRUEBAS

PRUEBAS DE IDIOMAS
Las pruebas de las especialidades de idiomas modernos se desarrollarán en el idioma correspondiente. La programación didáctica se redactará íntegramente en el idioma correspondiente y tanto la exposición de la unidad didáctica como el debate posterior se desarrollarán en el idioma objeto de la especialidad.

FASE DE OPOSICIÓN
Versará sobre los conocimientos específicos de los candidatos, necesarios para impartir docencia, su aptitud pedagógica y su dominio de las técnicas para el ejercicio docente.

La valoración de estos conocimientos se llevará a cabo a través de la realización por el aspirante ante el Tribunal de las siguientes pruebas:

Primera prueba: esta primera prueba tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia y constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente:

a) Primera parte: en todas las especialidades se incluirá una prueba práctica consistente en la realización de una serie de ejercicios que permitan comprobar que los candidatos poseen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir las áreas propias de la especialidad a la que opten (consultar lo dispuesto en el anexo IX, BOCyL n.º 78, de 25/04/05).

b) Segunda parte: consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre dos extraídos al azar por el Tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad.

Las pruebas que tengan que efectuarse por escrito, tanto de la primera parte como de la segunda, podrán ser realizadas en la misma sesión y posteriormente los Tribunales procederán al llamamiento de los opositores para su lectura, que se llevará a cabo en el mismo orden de su realización.

Segunda Prueba: esta segunda prueba, que tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente, consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la elaboración y exposición oral de una unidad didáctica ante el Tribunal:

A) La programación didáctica de carácter personal, será elaborada de forma individual por el aspirante, hará referencia al currículo vigente en la Comunidad de Castilla y León en el momento de la publicación de la convocatoria del área relacionada con la especialidad por la que se participa, en la que deberá especificarse al menos los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención al alumnado con necesidades educativas específicas.

Esta programación se referirá a un curso y deberá constar de un mínimo de 15 unidades didácticas o de trabajo y un máximo de 30, que deberán ir numeradas. Asimismo, tendrá una extensión máxima de 60 folios por una cara y a doble espacio sin contar anexos y material de apoyo, preferentemente en tamaño DIN-A4, con una letra tipo Arial de 12 puntos sin comprimir.

Esta programación será presentada en el lugar de examen y ante el Tribunal por aquellos aspirantes que hayan superado la primera prueba en el plazo de veinticuatro horas a partir de la publicación por el Tribunal de la relación de aspirantes que han superado la misma.

B) La unidad didáctica: la elaboración y exposición oral ante el Tribunal de una unidad didáctica estará relacionada con la programación presentada por el aspirante o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad, a elección de éste. En el primer caso el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación. En el segundo caso, el aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos al azar por él mismo, del temario oficial de la especialidad.

En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse el grupo de alumnos donde se desarrollará la actuación, determinando los objetivos de aprendizaje que se van a plantear en el aula, contenidos, actividades de enseñanza y aprendizaje debidamente temporalizadas, sus criterios metodológicos y sus procedimientos de evaluación.

(Para más información consultar BOCyL n.º 78, de 25/04/05).

FASE DE CONCURSO. Consultar BOCyL n.º 78, de 25/04/05.

PROGRAMAS

De conformidad con la Disposición Transitoria segunda del Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo y en el Cuerpo de Inspectores de Educación, y hasta tanto se aprueben los correspondientes temarios de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, serán de aplicación los temarios recogidos en el Anexo I de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 9 de septiembre de 1993 («BOE» de 21 de septiembre), en lo que se refiere exclusivamente a la parte A de los mismos.

 

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