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Editorial MAD

CONVOCATORIAS
Baleares

CONVOCATORIA 2007
BOIB nº 44, de 22/03/2007

310 plazas


Consideraciones generales Pruebas
Requisitos Programas
Plazos Material para su preparación

CONSIDERACIONES GENERALES
Resolución del Consejero de Educación y Cultura de día 15 de marzo de 2007, de convocatoria de pruebas selectivas para la provisión de plazas de funcionarios docentes de los Cuerpos de Maestros.

 Especialidad
Plazas
 Educación Infantil
80
 Idioma Extranjero: Inglés
30
 Educación Física
30
 Música
20
 Pedagogía Terapéutica
40

 Audición y Lenguaje

30

 Educación Primaria
80

 TOTAL

310

Convocatoria publicada en el BOIB n.º 44, de 22/03/07

REQUISITOS

Requisitos generales

a) Ser ciudadano de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o tener la nacionalidad de cualquier otro Estado donde, en virtud de los tratados internacionales firmados por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que se haya definido en el tratado constitutivo de la Unión Europea.

También podrá participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre y cuando no esté separado de derecho, sus descendientes y los del cónyuge que sean menores de 21 años o que sean mayores de esta edad, pero vivan en su dependencia.

Igualmente podrá participar, de acuerdo con el Real Decreto 240/2007, la pareja de los españoles y de los nacionales de otros miembros de la Unión europea siempre que mantenga una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público establecido a estos efectos en un Estado miembro de la Unión Europea, así como los dependientes de la pareja que sean menores de 21 años o que sean mayores de esta edad, pero vivan bajo su dependencia.

b) Tener dieciocho años cumplidos y no exceder, en el momento del nombramiento como funcionario de carrera, la edad establecida para la jubilación forzosa de los funcionarios.

c) Estar en posesión, o cumplir las condiciones para la expedición, de alguna de las titulaciones que se determinan para cada cuerpo, en esta base. En caso de que la titulación mencionada haya sido obtenida en el extranjero, será necesario que previamente se le haya concedido la correspondiente homologación.

d) No padecer ninguna enfermedad ni estar afectado por ninguna limitación física o psíquica incompatible con el ejercicio de la docencia de la especialidad a que opta.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, que no se encuentran sometidos a ninguna sanción disciplinaria ni condena penal que imposibilite el acceso a la Función Pública en su Estado de origen.

f) No ser funcionario de carrera ni funcionario en prácticas, o estar pendiente del correspondiente nombramiento, del mismo cuerpo al cual aspiran ingresar. Excepto aquellos que se adhieren a los procedimientos de adquisición de nuevas especialidades referidas en el esta convocatoria.

g) Acreditar el dominio de la lengua catalana según determina el artículo segundo del Decreto 115/2001, de 14 de septiembre. La acreditación será efectiva si se poseen los niveles o titulaciones que se especifican en el Anexo 6 de esta convocatoria.

Requisitos específicos para participar por el procedimiento de ingreso libre

Para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.

Estar en posesión, o haber abonado los derechos de expedición del título Maestro o título de grado correspondiente. De acuerdo con lo que establece la disposición adicional undécima de la Ley Orgánica de Educación, el título de Profesor de Educación General Básica y el título de Maestro de Enseñanza Primaria son equivalentes al de Maestro a efectos de docencia.

Requisitos específicos para participar en la reserva para aspirantes con alguna discapacidad

Podrán participar por este procedimiento, para el que se reserva un 5% del total de las plazas convocadas, de acuerdo con el artículo 2.1 del Decreto 52/1999, por el cual se regula el acceso a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de personas con discapacidades, aquellos aspirantes que cumplen las condiciones generales y específicas exigidas para el ingreso al Cuerpo al cual optan, y que tengan reconocida por los órganos competentes una disminución física de grado igual o superior al 33%, siempre y cuando acrediten la compatibilidad entre la disminución y el ejercicio de las tareas y funciones docentes propias del Cuerpo al cual ingresan, en la especialidad correspondiente.

La opción de participar por esta reserva de plazas deberá consignarse en la solicitud de participación, con la declaración expresa de poseer la condición exigida a este respecto, que se acreditará, en el caso de ser seleccionado, mediante certificación de los órganos competentes, que tendrá que incluir la compatibilidad entre la disminución y el ejercicio de las funciones docentes.

PLAZOS
Lugar de presentación:

a) En cualquiera de los Registros de la Consejería de Educación y Cultura o en las Delegaciones Territoriales de Educación de Menorca, de Eivissa y Formentera.

b) En cualquiera de los lugares que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE núm. 285, de 27-11-1992), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

En el supuesto de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto a fin que la solicitud sea datada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.

Derechos de examen: 24.27 euros.
Están exentas del pago por derechos de examen las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33%.

El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 17/04/07.

PRUEBAS
FASE PREVIA

• Prueba de lengua castellana para extranjeros.
Los aspirantes que participen en el procedimiento selectivo y que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento de la lengua castellana mediante la realización de una prueba en la cual se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. La prueba consistirá en:

A) Prueba escrita: redacción en castellano de un mínimo de doscientas palabras, sobre una conferencia oral de un tema de actualidad. El tiempo para la realización de la prueba escrita será de cuarenta y cinco minutos.

B) Prueba oral: lectura del texto, por el aspirante, y respuesta a las preguntas que el tribunal le formule. El tiempo para la realización de la prueba oral será aproximadamente de quince minutos.

Cada una de las pruebas se calificará de «apto» o «no apto».

Quedarán exentos de la realización de la prueba prevista en esta base aquellos aspirantes que puedan acreditar la posesión del diploma superior de español como lengua extranjera , o que estén en posesión del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas.

FASE DE OPOSICIÓN

1. La primera prueba
La fase de oposición constará de una única prueba estructurada en dos partes que no tendrán carácter eliminatorio. Para poder aprobar la fase de oposición será requisito presentarse a cada una de las partes de la prueba. La superarán los aspirantes que obtengan un mínimo de cinco puntos. El tribunal sólo publicará la nota final y global de la prueba.

PARTE A
Tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia. Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre un número de temas extraídos al azar por el tribunal, proporcional al número total de temas del temario de cada especialidad. Para la realización de esta parte A de la prueba los aspirantes dispondrán de un máximo de dos horas.

PARTE B
Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la elaboración y exposición oral de una unidad didáctica. En las especialidades de: Música del Cuerpo de Maestros, Música del Cuerpo de Secundaria y todas las especialidades del Cuerpo de Música y Artes Escénicas, esta parte B incluirá un ejercicio de carácter Práctico.

B.1) Exposición y defensa de una programación didáctica.

El aspirante expondrá oralmente la programación didáctica ante el tribunal cuando sea convocado a tal efecto. El opositor podrá utilizar un ejemplar de la programación aportado por él mismo.

La programación hará referencia al currículum de un área, asignatura o módulo relacionados con la especialidad por la que participa y hará referencia a un curso académico completo de los niveles o etapas educativas atribuidas a la especialidad. En ella tendrá que especificar los objetivos, contenidos, criterios de evaluación, la metodología, el uso adecuado de las tecnologías de la información y de la comunicación en la especialidad así como la atención al alumnado con necesidades específicas de refuerzo educativo.

En la especialidad de Educación Infantil la programación deberá incluir el desarrollo de las tres áreas de Educación Infantil y no es necesario que se refiera a un curso académico completo.

En la especialidad de Primaria la programación y las unidades didácticas podrán incluir el desarrollo curricular globalizado de algunas o de todas las áreas atribuidas a la especialidad, y en este caso no tendrá que referirse necesariamente a un curso académico completo, o el desarrollo de un área concreta a elegir por el opositor, referido a un curso académico completo.

En las especialidades de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje del Cuerpo de Maestros, la programación consistirá en la elaboración de un plan de actuación anual del equipo de apoyo, que tendrá que tener en cuenta las características del centro, las necesidades de los alumnos, los criterios para la elaboración de las adaptaciones curriculares individuales, la organización del profesorado de apoyo así como las actuaciones en los distintos ámbitos de trabajo: en relación con el centro, en relación con el profesorado y en relación con los alumnos con adaptaciones curriculares individuales. Además este plan de actuación comprenderá doce actuaciones diferenciadas, con alumnos que tendrán la consideración de unidades didácticas a efectos del sorteo que se especifica en el apartado B2), sin perjuicio de que el aspirante pueda optar por la elección de la unidad didáctica, por sorteo, del temario de la especialidad. El plan de actuación deberá tener en cuenta la normativa vigente en las Illes Balears en la fecha de publicación de esta Resolución.

Para las programaciones se tendrá en cuenta todos los aspectos del currículum que estén vigentes en esta Comunidad Autónoma en la fecha de publicación de esta convocatoria tal como se especifica en el Anexo 7 de esta convocatoria, consultar BOIB n.º 44 de 22/03/07.

B.2) Preparación y exposición de una unidad didáctica.
La preparación y exposición oral ante el tribunal de una unidad didáctica, estará relacionada con la programación presentada por el aspirante. El aspirante elegirá el contenido de una unidad didáctica de entre tres elegidas al azar por él mismo, de su propia programación.

En la elaboración de la unidad didáctica tendrán que concretarse los objetivos de aprendizaje que se pretenden conseguir, los contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se desea plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación.

El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica y podrá utilizar el material que considere oportuno, aportado por él mismo.

Para la exposición de la unidad didáctica el aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que tendrá que aportar él mismo, así como el guión que no excederá de un folio a una sola cara y que entregará al tribunal cuando acabe.

La exposición y defensa de la unidad didáctica tendrá una duración máxima de 30 minutos.

B.3) Ejercicio de carácter práctico.

En el caso de la especialidad de: Música del Cuerpo de Maestros, esta parte B incluirá un ejercicio de carácter práctico que se ajustará a lo dispuesto en el Anexo 4 de esta convocatoria; consultar BOIB n.º 44, de 22/03/07.

El aspirante escogerá una opción de entre dos propuestas por el tribunal. Los aspirantes dispondrán de un máximo de dos horas en la forma que determinen los tribunales para la realización de este ejercicio, excepto que por las características de la prueba determinen otra duración.

En los ejercicios escritos se garantizará el anonimato del aspirante.

FASE DE CONCURSO. Consultar BOIB n.º 44, de 22/03/07.

 

PROGRAMAS
Los temarios son los establecidos en el Anexo I de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 9 de septiembre de 1993 (“Boletín Oficial del Estado” del 21). Para la especialidad de Educación Primaria, serán los que apruebe el Ministerio de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 276/2007 (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2 marzo).

 

MATERIAL PARA SU PREPARACIÓN

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