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Editorial MAD

CONVOCATORIAS
Asturias

CONVOCATORIA 2007
BOPA nº 103 de 04/05/2007

330 PLAZAS

Consideraciones generales Pruebas
Requisitos Programas
Plazos Temarios

CONSIDERACIONES GENERALES
RESOLUCION de 16 de abril de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se convoca procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y procedimientos para adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado Cuerpo.

 ESPECIALIDAD
PLAZAS
 Audición y Lenguaje
15
 Educación Infantil
115
 Inglés
55
 Educación Física
30
 Música
20
 Pedagogía Terapéutica
25
 Primaria
70
 TOTAL
330

Convocatoria publicada en BOPA nº 103 de 4/05/2007

REQUISITOS
Ser español o, de acuerdo con lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o la de cualquiera de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida para la jubilación.

• Estar en posesión del Título de Maestro o el Título de Grado correspondiente. En el caso de que la titulación se haya obtenido en el extranjero deberá haberse concedido la correspondiente homologación por parte de Ministerio de Educación y Ciencia.

No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.

No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros, salvo que se concurra a los procedimientos para la adquisición de nuevas especialidades a que se refiere el título II de la presente Resolución, en el que podrán participar los funcionarios de carrera.

Requisitos específicos para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, los aspirantes que no posean la nacionalidad española, para ser admitidos al concurso-oposición, deberán acreditar, además de los requisitos generales a que alude el número 7.1 de la presente Resolución, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Requisitos específicos para participar por el cupo reservado a las personas con discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33 por ciento.
Podrán participar por este procedimiento, para el que se reserva un cupo del 5% del total de las plazas convocadas, aquellos aspirantes que, además de reunir los requisitos generales, tengan reconocida por el órgano competente del Principado de Asturias, por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, u otra Comunidad Autónoma, un grado de minusvalía igual o superior al 33%, siempre que ello sea compatible con el ejercicio de la función docente.
La opción por esta reserva habrá de formularse en la solicitud de participación, con declaración expresa de reunir la condición exigida al respecto, que se acreditará, si obtuviere plaza, mediante certificación de los órganos competentes.

PLAZOS
Lugar: la presentación de solicitudes se hará en la Oficina de Registro General del Principado, sito en la calle Coronel Aranda, n.º 2. Asimismo, podrán presentarse en las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.
Derechos de examen: 24,35 euros.
El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 24 de mayo de 2007.

PRUEBAS
FASE DE OPOSICIÓN
El sistema de selección constará de las siguientes fases: fase de oposición, fase de concurso y fase de prácticas.

La prueba de la fase de oposición se desarrollará en el siguiente orden:

Parte A: tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia, y consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante, de entre tres, extraídos al azar por el Tribunal. Para ello, los aspirantes dispondrán de dos horas.

Finalizada esta parte A, los Tribunales procederán al llamamiento de los aspirantes para que éstos efectúen la lectura del ejercicio realizado.

Parte B: tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Consistirá en la presentación de una programación didáctica; en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica; y, en la especialidad de Música, de un ejercicio de carácter práctico.

B.1 La programación didáctica hará referencia al currículo vigente de un curso escolar de una de las etapas educativas en la que el Cuerpo de Maestros tenga atribuida competencia docente. Dicha programación deberá estar relacionada con un área de la especialidad por la que participa el aspirante, y en ella deberán especificarse, como mínimo, los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. La programación, que tendrá carácter personal, deberá ser elaborada de forma individual por el aspirante e incluir una portada señalando los datos personales así como el cuerpo y especialidad a la que opta.

Esta programación, en el caso de los aspirantes de Educación Infantil, deberá referirse al segundo ciclo de Educación Infantil (de tres a seis años); y podrá ser global o por áreas siempre que tenga un tratamiento globalizado.

Los aspirantes de la especialidad de Primaria, referirán su programación a un nivel de la etapa y para un curso completo, de una de las siguientes áreas: Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural; Lengua Castellana y Literatura o Matemáticas.

En el caso de los aspirantes de las especialidades de Audición y Lenguaje y de Pedagogía Terapéutica, la programación consistirá en un plan de apoyo, propio de la especialidad, para un año académico referido a un curso de Educación Infantil o Primaria, elegido por el candidato. Las unidades didácticas deberán estar adaptadas, teniendo en cuenta las funciones atribuidas a los maestros de estas dos especialidades.

(Para más información consultar la Resolución de 16 de abril de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, publicada en el BOPA n.º 103, de 4/05/07).

B.2 La preparación y exposición oral, ante el Tribunal, de una unidad didáctica, estará relacionada con la programación presentada por el aspirante. El aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación. En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación.

Sustitución del ejercicio B.2: la preparación y exposición de una unidad didáctica podrá ser sustituida, a petición del aspirante, por un informe en el que se valoren los conocimientos del aspirante acerca de la unidad didáctica. Estarán legitimados para solicitar el informe, los aspirantes que reúnan los siguientes requisitos:

* Encontrarse en servicio activo, como funcionario interino en el mismo cuerpo al que opta el aspirante, al término del plazo de presentación de solicitudes de participación en el presente procedimiento selectivo.

* Tener un nombramiento de funcionario interino emitido por la Consejería competente en materia de educación, en una misma plaza, para todo el curso 2006-2007, en el mismo cuerpo al que opta el aspirante. Se entenderá cumplido este requisito cuando el aspirante haya prestado servicios, al menos, en los seis meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias en el presente procedimiento selectivo.

(Para más información consultar la Resolución de 16 de abril de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, publicada en el BOPA n.º 103, de 4/05/07).

B.3 Ejercicio de carácter práctico, exclusivamente para la especialidad de Música, que permita comprobar que los candidatos poseen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir el área propia de la especialidad (para más información sobre las características que se establecen para este ejercicio consultar la Resolución de 16 de abril de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, publicada en el BOPA n.º 103, de 4/05/07).

FASE DE CONCURSO
En esta fase se valorarán los méritos que acrediten los aspirantes. Tendrán la consideración de méritos: la experiencia docente, la formación académica y los cursos y otras actividades de formación y perfeccionamiento superados. La referida valoración se realizará conforme al baremo que se especifica en la Resolución de 16 de abril de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, publicada en el BOPA n.º 103, de 4/05/07.

La calificación de la fase de concurso se aplicará únicamente a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

FASE DE PRÁCTICAS
Los aspirantes que superen las fases de oposición y concurso, conforme disponen las bases oficiales, deberán realizar un período de prácticas tuteladas que formará parte del proceso selectivo y que tendrá por objeto comprobar la aptitud para la docencia de los mismos.

La calificación de esta fase será de “apto” o “no apto”. Estarán exentos de la realización de la fase de prácticas los aspirantes seleccionados que acrediten haber prestado servicios, al menos durante un año, como funcionarios docentes de carrera.

PROGRAMAS
Los temarios, sobre los que versarán las pruebas de la fase de oposición para las respectivas especialidades son los siguientes:

– Orden de 9 de septiembre de 1993, por la que se aprueban los temarios que han de regir en los procedimientos de ingreso, adquisición de nuevas especialidades y movilidad para determinadas especialidades de los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundara y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (BOE del 21).

Hasta tanto se aprueben los temarios correspondientes de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, serán de aplicación los temarios a que se refiere la Orden reseñada en el párrafo anterior, en lo que se refiere exclusivamente a la parte A.

Para la especialidad de Primaria, los temarios a los que se refiere el artículo 19 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, sobre los que versarán las pruebas de la fase de oposición son los siguientes:

– Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo, por la que se aprueba el temario que ha de regir en el procedimiento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades, para la especialidad de Primaria en el Cuerpo de Maestros, regulada por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (BOE de 15-3-2007).

MATERIAL PARA LA PREPARACIÓN

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Editorial Mad

 
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Registro Mercantil de Sevilla: Tomo 665, libro 109 de la sección 2ª de sociedades, folio 147, hoja 6919, inscripción 1ª