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Editorial MAD

CONVOCATORIAS
Asturias

CONVOCATORIA 2003
BOPA nº 73 de 28/03/2003

300 PLAZAS


Consideraciones generales Pruebas
Requisitos Programas
Plazos Temarios

CONSIDERACIONES GENERALES

Se convoca concurso-oposición para cubrir, por el sistema general de acceso libre, 300 plazas de las especialidades siguientes del Cuerpo de Maestros :

Grupo B - Cuerpo de Maestros (0597)

Especialidad plazas
Audición y Lenguaje 40
Educación Infantil 100
Educación Física 30
Idioma Extranjero: Inglés 60
Música 20
Pedagogía Terapéutica 50
Total 300

Al presente concurso-oposición le será de aplicación:

— Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (BOE de 24 de diciembre).

— Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE de 4 de octubre).

— Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27), en su redacción actual.

— Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de otros estados miembros de la Comunidad Europea (BOE de 24 de diciembre).

— Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias (BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias de 15 de marzo).

— Ley 3/85, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias (BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias de 30 de diciembre).

— Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, por el que se regula el ingreso y la adquisición de especialidades en los Cuerpos de Funcionarios Docentes a que se refiere la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE de 30 de junio).

— Ley 14/2002, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Principado de Asturias para el año 2003 (BOPA de 31 de diciembre).

— Las demás disposiciones de carácter general que sean de aplicación, así como las bases contenidas en la presente convocatoria, a las que quedan sometidos tanto los participantes como la Administración, constituyendo por tanto, la Ley del procedimiento selectivo que se convoca.

Las pruebas selectivas que por la presente se convocan tendrán lugar en la localidad de Oviedo.

El número de solicitantes en cada una de las especialidades condicionará el de Tribunales y Comisiones de Selección que hayan de designarse para juzgar a los aspirantes en cada una de ellas.

Convocatoria publicada en el BOPA nº 73, de 28/03/2003.

REQUISITOS

Para ser admitidos a la realización del concurso-oposición los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

Requisitos generales:

a) Ser español o, de acuerdo con lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o la de cualquiera de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

También podrán participar el cónyuge, siempre que no estén legalmente separados los cónyuges, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.

c) Estar en posesión o en condiciones de que les sea expedido alguno de los siguientes títulos:

— Maestro.
— Diplomado en Profesorado de Educación General Básica.
— Maestro de Enseñanza Primaria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión de Maestro, en aplicación de la Directiva 89/748/CEE.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo de Maestros.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

f) No ser funcionario de carrera o en prácticas del Cuerpo de Maestros.

Requisitos específicos para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.

De conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, los aspirantes que no posean la nacionalidad española, para ser admitidos al concurso- oposición, deberán acreditar, además de los requisitos generales a que alude el número 7.1, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

Requisitos específicos para participar por la reserva de minusvalía.

Podrán participar por esta reserva aquellos aspirantes que, además de reunir los requisitos generales, tengan reconocida por los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, una disminución física de, al menos, un 33 por 100.

 

PLAZOS

Quienes deseen tomar parte en este concurso-oposición deberán hacerlo constar en instancia cubierta en impreso normalizado. El mismo se facilitará gratuitamente en la Viceconsejería de Educación y Cultura, en la oficina de Registro Central e Información del Principado de Asturias. De este modelo se presentarán dos copias, la primera para el órgano, y la segunda para el interesado. En la solicitud se consignarán el código de la especialidad y la forma de acceso por la que participe. Su no consignación determinará la exclusión del aspirante.

• Instrucciones particulares

“ Especialidad”: En el recuadro 16 de la solicitud todos los aspirantes deberán consignar el literal y el código de la especialidad por la que participan, según se recoge en el punto 1 de la convocatoria.

“ Forma de acceso”: En el recuadro 17 de la solicitud todos los aspirantes deberán consignar la letra L.

Los aspirantes con minusvalía deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro 20 de la misma.

Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro número 22, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

• Documentación

De carácter general:

Los aspirantes acompañarán a su solicitud toda la documentación justificativa para la valoración de los méritos.

De carácter específico:

a) Para los de nacionalidad española: Dos fotocopias del documento nacional de identidad.

b) Para los aspirantes de otra nacionalidad:

b.1. Dos fotocopias del documento que acredite su nacionalidad.

b.2. Fotocopia compulsada del título alegado para participar en el concurso-oposición o certificación sustitutoria expedida por el Rector de la Universidad correspondiente, junto con la credencial que acredite su homologación o la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión de Maestro/a, en aplicación de la Directiva 89/48/CEE.

b.3. Declaración jurada o promesa de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

b.4. Para los aspirantes exentos de la prueba de conocimiento del castellano, fotocopia compulsada del Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera establecido por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas de español como lengua extranjera (BOE de 8 de noviembre), o del Certificado de Aptitud de Español para Extranjeros expedido por las Escuelas Oficiales de Idiomas o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención de los mencionados diplomas.

b.4.1. El vínculo de parentesco.

b.4.2. El hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo, en los casos en los que sea exigible. Igualmente, deberán presentar declaración jurada o promesa del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo de que no está separado legalmente de su cónyuge.

• Órgano a quien se dirige:

Las solicitudes se dirigirán al Consejero de Educación y Cultura del Gobierno del Principado de Asturias.

• Lugar de presentación:

La presentación de solicitudes se hará en la Oficina de Registro General del Principado, sita en la calle Coronel Aranda. Asimismo, podrán presentarse en las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Estas oficinas vienen obligadas, dentro de las veinticuatro horas a partir de su presentación, a cursar las instancias recibidas a la Dirección General de Recursos Humanos y Planificación de la Viceconsejería de Educación y Cultura del Gobierno del Principado de Asturias.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.

• Plazo de presentación:

El plazo será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL del Principado de Asturias.

• Tasa:

Los derechos de examen serán de 22 euros. Para poder participar en la presente convocatoria los aspirantes deberán abonar el importe correspondiente a las tasas por derecho de examen en la forma que se indica a continuación.

El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 19/04/03

PRUEBAS

El sistema de selección constará de las siguientes fases: Fase de oposición, fase de concurso y fase de prácticas.

FASE DE OPOSICIÓN:

Los temarios, a los que se refiere el artículo 23 del Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, sobre los que versarán las pruebas de la fase de oposición para las respectivas especialidades son los establecidos:

— Para la parte “A” en el anexo I de la Orden de 9 de septiembre de 1993 (BOE del 21).

— Para la parte “B” en el anexo I de la Orden ECD/477/2003, de 5 de marzo (BOE del 6).

En esta fase se valorarán los conocimientos específicos de los candidatos necesarios para impartir la docencia, su aptitud pedagógica y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.

Esta fase de oposición constará de dos pruebas eliminatorias para las especialidades de Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje, Educación Infantil e Idioma Extranjero (Inglés) y de tres pruebas, asimismo eliminatorias, para las especialidades de Educación Física y Música.

Las pruebas de la fase de oposición se desarrollarán en el siguiente orden:

• 1.ª Prueba escrita: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas. El primero de los temas será elegido por el candidato entre dos, extraídos al azar por el Tribunal, de los correspondientes a la parte A del temario. El segundo tema será extraído al azar por el Tribunal de los correspondientes a la parte B. Para su desarrollo, los aspirantes dispondrán de cuatro horas, dos para cada uno de los temas.

En la especialidad de Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje, Educación Infantil e Idioma Extranjero (Inglés), la prueba incluirá, además, la respuesta a tres preguntas elegidas por el candidato de entre seis formuladas por el Tribunal y relacionadas con las partes A y B del temario, y el currículo oficial del Ministerio de Educación y Cultura.

Las preguntas, a las que se refiere el párrafo anterior deberán versar sobre la elaboración de propuestas concretas para trabajar con los alumnos en el marco de las programaciones de aula. Para su resolución, los opositores dispondrán de una hora y media.

Estas preguntas serán elaboradas por las Comisiones de Selección o por el Tribunal en el caso de que sea único.

Finalizada la prueba, los Tribunales procederán al llamamiento de los opositores para que éstos efectúen la lectura del ejercicio realizado.

• 2.ª Prueba de carácter práctico: Esta prueba deberán realizarla los aspirantes que se presenten a las especialidades de Educación Física y Música. Será propuesta por los Tribunales con arreglo a las características que se establecen a continuación:

Especialidad de Educación Física:

• Valoración de la condición física mediante la realización por el opositor de una prueba de resistencia aeróbica y de un circuito de agilidad.

• Coordinación visomotriz. El opositor deberá realizar un recorrido que integre una prueba de coordinación óculo- manual y otra de coordinación óculo-pédica.

• Expresión corporal. El opositor dispondrá de veinte minutos para preparar un montaje de un contenido de expresión corporal, de duración no superior a un minuto, a partir de un motivo musical propuesto por el Tribunal.

Especialidad de Música:

• Componer una pieza vocal e instrumental para utilizar en el aula sobre un texto dado por el Tribunal.

• Leer a primera vista un fragmento rítmico de 16 compases sobre una partitura dada por el Tribunal.

• Interpretar, con la voz o con un instrumento aportado por el opositor, un fragmento musical sobre una partitura dada por el Tribunal.

• El tiempo del que dispondrán los candidatos para la realización de esta prueba será el que determine la Comisión de Selección.

• La elaboración de esta prueba la realizará la Comisión de Selección o el Tribunal, en el caso de que sea único.

• 3.ª Prueba oral: Consistirá en la exposición oral de un tema elegido por el candidato entre dos extraídos al azar por el mismo de la parte A del temario de la especialidad.

La exposición tendrá dos partes. La primera de ellas versará sobre los aspectos científicos o de contenido del tema. En la segunda, el aspirante deberá enmarcar el tema en el currículo oficial del Ministerio de Educación y Cultura, explicando la relación del mismo con los elementos del currículo; asimismo, describirá pautas concretas de actuación con el alumnado o implicaciones educativas, en ambos casos relacionadas con el tema elegido y referidas a un ciclo concreto. Finalizada la exposición, el Tribunal podrá debatir con el candidato sobre el contenido de su intervención.

La exposición y el debate citados en el párrafo anterior tendrán una duración máxima, respectivamente, de una hora y de treinta minutos. El opositor dispondrá, al menos, de dos horas para su preparación, pudiendo utilizar en ella el material que estime oportuno.

FASE DE CONCURSO:

Consultar BOPA 73, de 28/3/03.

FASE DE PRÁCTICAS:

Los aspirantes que resulten seleccionados, conforme dispone el número 43 de la base IX, deberán realizar un período de prácticas tuteladas que formará parte del proceso selectivo y que tendrá por objeto comprobar la aptitud para la docencia de los mismos.

PROGRAMAS

Los temarios sobre los que versarán las pruebas de la fase de oposición para las respectivas especialidades son los establecidos en la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 9 de septiembre de 1993 (“Boletín Oficial del Estado” del 21), modificada por la Orden del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes de 5 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado de 6/3/2003).

TEMARIOS

Editorial Mad