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CONSIDERACIONES
GENERALES
En el BOA
n.º 41 de 5/4/2005 se ha publicado ORDEN de 1 de abril de 2005,
del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que
se convocan procedimientos selectivos de ingreso y acceso al Cuerpo
de Maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades
por los funcionarios del mencionado Cuerpo
REQUISITOS
a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado
al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad,
el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno
de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando
así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales
de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España,
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas
condiciones podrán participar sus descendientes y los del cónyuge,
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que
vivan a sus expensas.
Los aspirantes
que no posean la nacionalidad española deberán
acreditar un conocimiento adecuado del castellano.
b) Tener
cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad
establecida, con carácter general, para la jubilación.
c) No padecer
enfermedad ni estar afectado por limitación física
o psíquica incompatible con el desempeño de las
funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se
opta.
d) No haber
sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera
de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado
para el ejercicio de funciones públicas.
Los aspirantes
cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
e) No ser
funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente
del nombramiento como funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros,
salvo que se concurra a los procedimientos para la adquisición
de nueva especialidad.
REQUISITOS
ESPECÍFICOS PARA PARTICIPAR:
Podrán participar por este procedimiento los aspirantes que, además
de reunir los requisitos generales exigidos para el ingreso al Cuerpo,
acredite estar en posesión o haber superado todos los estudios
conducentes y haber satisfecho los derechos de expedición de alguno
de los siguientes títulos:
– Maestro/a.
–
Diplomado/a en Profesorado de Educación General Básica.
–
Maestro/a de Enseñanza Primaria.
En
el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse
en posesión de la credencial que acredite su homologación
o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión
de Maestro/a en aplicación de la Directiva 89/48/CEE. REQUISITOS
ESPECÍFICOS PARA PARTICIPAR
POR LA RESERVA DE DISCAPACIDAD ACREDITADA:
Podrán participar por este procedimiento, para el que se reserva
un cupo del 3% del total de las plazas convocadas, aquellos aspirantes
que, además de reunir los requisitos indicados anteriormente,
tengan reconocida por los órganos competentes de la Comunidad
Autónoma correspondiente o, en su caso, de la Administración
General del Estado, una disminución física o sensorial
de al menos un 33%, siempre que ello no sea incompatible con el ejercicio
de la docencia.
PLAZOS
• LUGAR: La solicitud se dirigirá a la Excma. Sra. Consejera de Educación,
Cultura y Deporte y se presentará en: Los Servicios Provinciales
del Departamento de Educación, Cultura y Deporte o, en su caso,
en las Oficinas de Información y Documentación Administrativa
de las diferentes sedes de la Comunidad Autónoma de Aragón
en el Edificio Pignatelli, Paseo María Agustín, 36, en
las Delegaciones Territoriales de Huesca Teruel, o en las Oficinas
Delegadas del Gobierno de Aragón en Alcañiz, Calamocha,
Calatayud, Ejea de los Caballeros, Jaca y Tarazona o en cualquiera
de las Oficinas a que se refiere el art. 38.4 de la LRJAP y PAC, modificada
por la Ley 99.
•
DERECHOS DE EXAMEN: 16,27 euros.
•
El plazo de presentación de solicitudes está abierto
hasta el 25 de abril de 2005.
PRUEBAS
PRUEBA
DE CONOCIMIENTO DE CASTELLANO:
Con carácter previo a la realización de las pruebas de
la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad
española deberán acreditar el conocimiento del castellano
mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que
poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral
y escrita en esta lengua.
Están exentos de la realización de la prueba a que se refiere
el apartado anterior quienes estén en posesión del:
–
Diploma de Español como Lengua Extranjera (nivel intermedio o
superior).
–
Diploma Básico o Superior de Español como Lengua Extranjera
establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado
y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero.
–
Certificado de Aptitud en Español para Extranjeros expedido por
las Escuelas Oficiales de Idiomas.
–
Título de Licenciado en Filología Hispánica o Filología
Románica.
Asimismo
estarán exentos los aspirantes no incluidos en el artículo
2 del Real Decreto 1137/2002, para la obtención del Diploma de
Español como lengua Extranjera. Los Tribunales
calificarán esta prueba de «apto» o «no
apto», siendo necesario obtener la valoración de apto
para poder realizar las restantes pruebas.
FASE
DE OPOSICIÓN
La fase de oposición constará de dos pruebas de carácter
eliminatorio, realizándose en primer lugar la prueba de conocimientos
específicos y después la de aptitud pedagógica.
En la especialidad
de Idioma extranjero: Inglés, las pruebas se
desarrollarán en este idioma.
1. Prueba
de conocimientos.
Esta primera prueba, que tendrá por objeto la demostración
de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia,
constará de dos partes que serán valoradas
conjuntamente.
Primera
parte: se basará en una prueba práctica que consistirá en
la realización de una serie de ejercicios (se ajustarán
para cada especialidad a lo dispuesto en el Anexo IV de la Orden de 1
de abril de 2005, publicada en BOA n.º 41, de 5/4/05), que permitan
comprobar que los candidatos poseen una formación científica
y un dominio de las técnicas de trabajo precisas
para impartir las materias propias de la especialidad a
la que opten.
Segunda
parte: consistirá en el desarrollo por escrito
de un tema elegido por el aspirante, de entre dos extraídos
al azar por el Tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad,
y su
posterior lectura.
2.
Prueba de aptitud pedagógica.
La segunda prueba que tendrá por objeto la comprobación
de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas
necesarias para el ejercicio docente, consistirá en la presentación
de una programación didáctica adaptada a un nivel de la
etapa y en la elaboración y exposición oral de una unidad
didáctica:
A) Para
todas las especialidades, excepto Pedagogía Terapéutica
y Audición y Lenguaje, la programación didáctica,
que será defendida oralmente ante el Tribunal, hará referencia
al currículo de la etapa, ciclo y área relacionados con
la especialidad por la que se participa, en la que deberán especificarse
los objetivos, contenidos y su distribución temporal, los criterios
y procedimientos de evaluación, las orientaciones metodológicas,
los recursos materiales y bibliográficos del aula, así como
la atención al alumnado con necesidades educativas específicas.
Los contenidos
de la programación, que necesariamente serán
los correspondientes al desarrollo del currículo de una especialidad
para un año académico referido a un curso de Educación
Infantil o Primaria elegido por el candidato, deberán organizarse
en unidades didácticas de tal manera que cada una de ellas pueda
desarrollarse completamente en el tiempo asignado para su exposición;
en cualquier caso, una programación para un curso escolar deberá contener,
como mínimo, 12 unidades didácticas que deberán
estar numeradas.
En la especialidad
de Idioma extranjero: Inglés, la programación
deberá realizarse en este idioma.
Para las
especialidades de Pedagogía Terapéutica y Audición
y Lenguaje, la programación consistirá en la elaboración
de un plan de apoyo, para un año académico referido a un
curso de Educación Infantil o Primaria elegido por el candidato,
para un supuesto concreto de un alumno o un grupo de alumnos con necesidades
educativas específicas.
(Para más información sobre las pruebas consultar BOA n.º 41,
de 5/04/2005).
B) Para
todas las especialidades, excepto Pedagogía Terapéutica
y Audición y Lenguaje, la elaboración y exposición
oral ante el Tribunal de una unidad didáctica, estará relacionada
con la programación presentada por el aspirante, o elaborada a
partir del temario oficial de la especialidad a opción del aspirante.
Tanto en el primero como en el segundo caso, el aspirante elegirá el
contenido de la unidad didáctica de un tema de entre tres extraídos
al azar por él mismo, de su propia programación
o del temario oficial de la especialidad.
En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán
concretarse el grupo de alumnos donde se desarrollará la actuación,
determinando los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella,
sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje debidamente
temporalizadas, sus criterios metodológicos y sus procedimientos
de evaluación.
Para las
especialidades de Pedagogía Terapéutica y Audición
y Lenguaje, consistirá en la elaboración y exposición
oral ante el Tribunal de un programa de actuación relacionado
con el plan de apoyo para el alumnado con necesidades educativas específicas
presentado por el aspirante, o elaborado a partir del temario oficial
de la especialidad. Tanto en el primero como en el segundo caso, el aspirante
elegirá un programa de intervención con alumnado con necesidades
educativas específicas, de entre tres extraídos al azar
por él mismo, de su propio plan de apoyo, o de un tema de entre
tres elegidos al azar por él mismo, del temario oficial de la
especialidad.
(Para más información sobre las pruebas consultar BOA n.º 41,
de 5/04/2005).
FASE
DE CONCURSO. Consultar BOA n.º 41, de 5/04/2005
PROGRAMAS
Temarios:
De conformidad con lo previsto en la disposición transitoria
segunda del Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero, serán de
aplicación los temarios contenidos en la Orden de 9 de septiembre
de 1993, del Ministerio de Educación y Ciencia (BOE de 21 de
septiembre), en lo que se refiere exclusivamente a la parte A de los
temarios, quedando sin vigencia para su aplicación lo dispuesto
en cuanto a la parte B.
MATERIAL
PARA LA PREPARACIÓN
¿Cómo
preparar la encerrona
de las oposiciones a Maestros 2005?
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