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Editorial MAD

CONVOCATORIAS
Andalucía

CONVOCATORIA 2007
BOJA nº 60 DE 26/03/2007

7005 PLAZAS

Consideraciones generales Pruebas
Requisitos Programas
Plazos Material para la preparación

CONSIDERACIONES GENERALES

Orden de 24 de marzo de 2007, por la que se efectúa convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.

 Especialidad
Plazas
 Educación Infantil
800
 Inglés
350
 Educación Física
300
 Música
100
 Pedagogía Terapéutica
600

 Audición y Lenguaje

150

 Primaria
4705

 TOTAL

7005

Presente su instancia hasta el 16/4/2007

REQUISITOS

Requisitos generales

a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo sobre libre circulación de personas trabajadoras y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación.

c) Estar en posesión o reunir las condiciones para la expedición de alguno de los siguientes títulos:

– Título de Maestro o el título de Grado correspondiente.
– Título de Profesor de Educación General Básica.
– Título de Maestro de Enseñanza Primaria.

En el caso de que dichos títulos se hayan obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente credencial de homologación, según el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero (BOE de 4 de marzo), o su reconocimiento al amparo de lo establecido por la Directiva 89/48/CEE, del Consejo de las Comunidades Europeas, de 21 de diciembre de 1988 (DO núm. L 019, de 24 de enero de 1989) y por los Reales Decretos 1665/1991, de 25 de octubre (BOE de 22 de noviembre) y 1771/2003, de 12 de septiembre (BOE de 19 de septiembre).

d) No padecer enfermedad ni tener limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo de Maestros y especialidad a la que se opta.

e) Que en ningún momento se haya producido separación del servicio por expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas y que no se halla cumpliendo pena de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas.

f) El personal aspirante que no posea la nacionalidad española deberá acreditar un conocimiento adecuado del idioma castellano en la forma establecida en esta Orden. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, deberá acreditar no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

g) No ser personal funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros, en prácticas o estar pendiente del nombramiento para el mismo Cuerpo al que se pretende ingresar.

Requisitos y condiciones específicas para participar por la reserva de discapacidad

Quienes participen por esta reserva, además de reunir los requisitos generales, deberán presentar certificación del órgano competente de la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social de la Junta de Andalucía o por el correspondiente órgano estatal o autonómico, en la que conste que se tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 33%.

Dicha certificación se aportará junto con la solicitud de participación.

PLAZOS

PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS
• Lugar: Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Sr. Director General de Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y se presentarán preferentemente en la Delegación de Educación de la provincia en que se desee participar o en los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27) y en el artículo 51 de la Ley 6/1983, del 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

• Derechos de examen: 64,67 euros.
Estarán exentas del pago de los derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33% debidamente acreditada.

• El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 16 de abril de 2007.

PRUEBAS

Prueba de acreditación del conocimiento del castellano para las personas que no posean la nacionalidad española:

De conformidad con lo previsto en el artículo 16 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, las personas que no posean la nacionalidad española y no tengan como idioma oficial el español, y además no estén exentas de la realización de la prueba de acreditación de conocimiento del castellano (consultar lo establecido en el subapartado 3.2.4.2 del BOJA n.º 60 de 26/3/07), deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de la citada prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua.

El sistema de ingreso en la función pública docente será el de concurso-oposición.
Existirá además una fase de prácticas que formará parte del proceso selectivo.

FASE DE OPOSICIÓN
En la fase de oposición se tendrá en cuenta la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia.

De conformidad con lo previsto en el artículo 20.2 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la totalidad de la prueba de la especialidad de Idioma Extranjero-Inglés se desarrollará en el idioma correspondiente.

Prueba de la fase de oposición.

La fase de oposición constará de una única prueba estructurada en dos partes, que no tendrán carácter eliminatorio.

El tribunal sólo hará pública la nota final de la prueba.

Parte A. Tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia.

Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el personal aspirante de entre tres extraídos al azar por el tribunal.

Tendrá una duración máxima de dos horas.

Esta primera parte se calificará de cero a diez puntos.

Parte B. Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia. Consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica. En la especialidad de Música se incluirá, además, un ejercicio de carácter práctico.

B.1) Presentación de una programación didáctica. La programación didáctica hará referencia al currículo de un área o materia relacionadas con la especialidad por la que se participa, en la que deberá especificarse los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas.

Para las especialidades de Educación Especial: Pedagogía Terapéutica y Educación Especial: Audición y Lenguaje, la programación hará referencia a un plan de apoyo anual referido a un curso de Educación Infantil o Primaria.

Para la especialidad de Primaria, la programación didáctica tendrá en cuenta el carácter globalizador, compatible con la organización en áreas. En consecuencia dicha programación, a través del mencionado enfoque globalizador, abarcará todas las áreas para las que tiene atribución docente el profesorado de esta especialidad.

En la especialidad de Idioma Extranjero-Inglés, la programación deberá estar redactada en inglés.

(Para más información consultar el BOJA n.º 60, de 26/03/07).

B.2) El personal aspirante elegirá una unidad didáctica de entre tres extraídas el azar por él mismo de su programación.

En dicha unidad didáctica deberán concretarse los objetivos, los contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y los procedimientos de evaluación y la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

Para su preparación se dispondrá de una hora y podrá utilizarse el material que se considere oportuno.

(Para más información consultar el BOJA n.º 60, de 26/03/07).

Esta parte de la prueba se podrá sustituir por un informe, previa solicitud del personal interesado, en el que se valoren los conocimientos de dicho personal acerca de la unidad didáctica, cuando el personal aspirante cumpla los siguientes requisitos:

a) Encontrarse en la situación administrativa de servicio activo como personal interino del Cuerpo de Maestros a la entrada en vigor de la presente Orden.

b) Estar ocupando una plaza, adscrita al Cuerpo de Maestros, con nombramiento de interinidad emitido por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía para todo el curso académico 2006/2007. A estos efectos, se entenderá que cumple este requisito quien se halle prestando servicios, al menos, en los seis meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para participar en el presente procedimiento selectivo.

B.3) Ejercicio de carácter práctico. En el caso de la especialidad de Música, se realizará un ejercicio de carácter práctico, que consistirá en una interpretación vocal de una canción, sin acompañamiento de instrumento, elegida al azar por el tribunal entre cinco de las propuestas por el personal aspirante. Se podrá disponer de un diapasón de tenedor aportado por el citado personal.

(Para más información consultar el BOJA n.º 60, de 26/03/07).


Cada uno de los ejercicios de la parte B de la prueba, descritos en los apartados B.1), B.2) y, en su caso B.3), se valorarán de cero a diez puntos.

Para poder acceder a la fase de concurso, será necesario haber obtenido al menos cinco puntos en la fase de oposición.

FASE DE CONCURSO
La baremación de los méritos de la fase de concurso será atribuida a comisiones de baremación que realizarán, por delegación de los tribunales, las tareas materiales y puramente regladas de la aplicación del baremo, aportándoles a los mismos los resultados de su actuación.

Consultar los puntos por baremación en el BOJA n.º 60, de 26/03/07.

PROGRAMAS

De conformidad con lo previsto en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, serán de aplicación los temarios contenido en la Orden de 9 de septiembre de 1993, del Ministerio de Educación y Ciencia (BOE de 21 de septiembre), en lo que se refiere exclusivamente a la parte A de los temarios, quedando sin vigencia para su aplicación lo dispuesto en cuanto a la parte B; y para la especialidad de Primaria, el temario aprobado por Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo (BOE del 15).

MATERIAL PARA LA PREPARACIÓN

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