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CONSIDERACIONES
GENERALES
Orden de 24 de marzo de 2007, por la que se efectúa convocatoria
de procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.
Presente
su instancia hasta el 16/4/2007
REQUISITOS
Requisitos
generales
a)
Tener la nacionalidad española o la de alguno de los demás
Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún
Estado al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE del
Parlamento Europeo sobre libre circulación de personas trabajadoras
y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento
jurídico español.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber
alcanzado la edad establecida, con carácter general, para
la jubilación.
c) Estar en posesión o reunir las condiciones
para la expedición de alguno de los siguientes títulos:
– Título de Maestro o el título de Grado correspondiente.
– Título de Profesor de Educación General Básica.
– Título de Maestro de Enseñanza Primaria.
En el caso de que dichos títulos se hayan obtenido en el
extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente credencial
de homologación, según el Real Decreto 285/2004, de
20 de febrero (BOE de 4 de marzo), o su reconocimiento al amparo
de lo establecido por la Directiva 89/48/CEE, del Consejo de las
Comunidades Europeas, de 21 de diciembre de 1988 (DO núm.
L 019, de 24 de enero de 1989) y por los Reales Decretos 1665/1991,
de 25 de octubre (BOE de 22 de noviembre) y 1771/2003, de 12 de
septiembre (BOE de 19 de septiembre).
d) No padecer enfermedad ni tener limitación
física o psíquica incompatible con el desempeño
de las funciones correspondientes al Cuerpo de Maestros y especialidad
a la que se opta.
e) Que en ningún momento se haya producido
separación del servicio por expediente disciplinario de cualquiera
de las Administraciones Públicas y que no se halla cumpliendo
pena de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas.
f) El personal aspirante que no posea la nacionalidad
española deberá acreditar un conocimiento adecuado
del idioma castellano en la forma establecida en esta Orden. Asimismo,
de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la
Ley 17/1993, de 23 de diciembre, deberá acreditar no estar
sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida
en su Estado el acceso a la función pública.
g) No ser personal funcionario de carrera del Cuerpo
de Maestros, en prácticas o estar pendiente del nombramiento
para el mismo Cuerpo al que se pretende ingresar.
Requisitos y condiciones específicas para participar
por la reserva de discapacidad
Quienes participen por esta reserva, además de reunir los
requisitos generales, deberán presentar certificación
del órgano competente de la Consejería para la Igualdad
y el Bienestar Social de la Junta de Andalucía o por el correspondiente
órgano estatal o autonómico, en la que conste que
se tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 33%.
Dicha certificación se aportará junto con la solicitud
de participación.
PLAZOS
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS
• Lugar: Las solicitudes se dirigirán al Ilmo. Sr.
Director General de Gestión de Recursos Humanos de la Consejería
de Educación y se presentarán preferentemente en la
Delegación de Educación de la provincia en que se
desee participar o en los lugares previstos en el artículo
38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo
Común (BOE del 27) y en el artículo 51 de la Ley 6/1983,
del 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
• Derechos de examen: 64,67 euros.
Estarán exentas del pago de los derechos de examen las personas
con discapacidad igual o superior al 33% debidamente acreditada.
• El plazo de presentación de solicitudes está
abierto hasta el 16 de abril de 2007.
PRUEBAS
Prueba
de acreditación del conocimiento del castellano para las
personas que no posean la nacionalidad española:
De conformidad con lo previsto en el artículo 16 del Real
Decreto 276/2007, de 23 de febrero, las personas que no posean la
nacionalidad española y no tengan como idioma oficial el
español, y además no estén exentas de la realización
de la prueba de acreditación de conocimiento del castellano
(consultar lo establecido en el subapartado 3.2.4.2 del BOJA n.º
60 de 26/3/07), deberán acreditar el conocimiento del castellano
mediante la realización de la citada prueba en la que se
comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión
y expresión oral y escrita en esta lengua.
El sistema de ingreso en la función pública docente
será el de concurso-oposición.
Existirá además una fase de prácticas que formará
parte del proceso selectivo.
FASE
DE OPOSICIÓN
En
la fase de oposición se tendrá en cuenta la posesión
de los conocimientos específicos de la especialidad a la
que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas
necesarias para el ejercicio de la docencia.
De conformidad con lo previsto en el artículo 20.2 del Real
Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la totalidad de la prueba de
la especialidad de Idioma Extranjero-Inglés se desarrollará
en el idioma correspondiente.
Prueba de la fase de oposición.
La fase de oposición constará de una única
prueba estructurada en dos partes, que no tendrán carácter
eliminatorio.
El tribunal sólo hará pública la nota final
de la prueba.
Parte A.
Tendrá por objeto la demostración de los conocimientos
específicos necesarios para impartir la docencia.
Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido
por el personal aspirante de entre tres extraídos al azar
por el tribunal.
Tendrá una duración máxima de dos horas.
Esta primera parte se calificará de cero a diez puntos.
Parte B.
Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica
y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio
de la docencia. Consistirá en la presentación de una
programación didáctica y en la preparación
y exposición oral de una unidad didáctica. En la especialidad
de Música se incluirá, además, un ejercicio
de carácter práctico.
B.1) Presentación
de una programación didáctica. La programación
didáctica hará referencia al currículo de
un área o materia relacionadas con la especialidad por
la que se participa, en la que deberá especificarse los
objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología,
así como a la atención del alumnado con necesidades
específicas de apoyo educativo.
Esta programación se corresponderá con un curso
escolar de uno de los niveles o etapas educativas.
Para las especialidades de Educación Especial: Pedagogía
Terapéutica y Educación Especial: Audición
y Lenguaje, la programación hará referencia a un
plan de apoyo anual referido a un curso de Educación Infantil
o Primaria.
Para la especialidad de Primaria, la programación didáctica
tendrá en cuenta el carácter globalizador, compatible
con la organización en áreas. En consecuencia dicha
programación, a través del mencionado enfoque globalizador,
abarcará todas las áreas para las que tiene atribución
docente el profesorado de esta especialidad.
En la especialidad de Idioma Extranjero-Inglés, la programación
deberá estar redactada en inglés.
(Para más información consultar el BOJA n.º
60, de 26/03/07).
B.2)
El personal aspirante elegirá una unidad didáctica
de entre tres extraídas el azar por él mismo de
su programación.
En dicha unidad didáctica deberán concretarse los
objetivos, los contenidos, las actividades de enseñanza
y aprendizaje que se van a plantear en el aula y los procedimientos
de evaluación y la atención al alumnado con necesidades
específicas de apoyo educativo.
Para su preparación se dispondrá de una hora y podrá
utilizarse el material que se considere oportuno.
(Para más información consultar el BOJA n.º
60, de 26/03/07).
Esta parte de la prueba se podrá sustituir por un informe,
previa solicitud del personal interesado, en el que se valoren
los conocimientos de dicho personal acerca de la unidad didáctica,
cuando el personal aspirante cumpla los siguientes requisitos:
a)
Encontrarse en la situación administrativa de servicio
activo como personal interino del Cuerpo de Maestros a la entrada
en vigor de la presente Orden.
b) Estar
ocupando una plaza, adscrita al Cuerpo de Maestros, con nombramiento
de interinidad emitido por la Consejería de Educación
de la Junta de Andalucía para todo el curso académico
2006/2007. A estos efectos, se entenderá que cumple este
requisito quien se halle prestando servicios, al menos, en los
seis meses anteriores a la fecha de finalización del
plazo de presentación de instancias para participar en
el presente procedimiento selectivo.
B.3) Ejercicio
de carácter práctico. En el caso de la especialidad
de Música, se realizará un ejercicio de carácter
práctico, que consistirá en una interpretación
vocal de una canción, sin acompañamiento de instrumento,
elegida al azar por el tribunal entre cinco de las propuestas
por el personal aspirante. Se podrá disponer de un diapasón
de tenedor aportado por el citado personal.
(Para
más información consultar el BOJA n.º 60, de
26/03/07).
Cada uno de los ejercicios de la parte B de la prueba, descritos
en los apartados B.1), B.2) y, en su caso B.3), se valorarán
de cero a diez puntos.
Para poder acceder a la fase de concurso, será necesario
haber obtenido al menos cinco puntos en la fase de oposición.
FASE
DE CONCURSO
La baremación de los méritos de la fase de concurso
será atribuida a comisiones de baremación que realizarán,
por delegación de los tribunales, las tareas materiales y
puramente regladas de la aplicación del baremo, aportándoles
a los mismos los resultados de su actuación.
Consultar los puntos por baremación en el BOJA n.º 60,
de 26/03/07.
PROGRAMAS
De
conformidad con lo previsto en la disposición transitoria
segunda del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, serán
de aplicación los temarios contenido en la Orden de 9 de
septiembre de 1993, del Ministerio de Educación y Ciencia
(BOE de 21 de septiembre), en lo que se refiere exclusivamente a
la parte A de los temarios, quedando sin vigencia para su aplicación
lo dispuesto en cuanto a la parte B; y para la especialidad de Primaria,
el temario aprobado por Orden ECI/592/2007, de 12 de marzo (BOE
del 15).
MATERIAL
PARA LA PREPARACIÓN
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